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65 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / VISTO: El Memorando N° 0174-2024-SUNEDU-SG-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, que modi fi có la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se establece que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, es un ente autónomo de naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal, responsable de autorizar la prestación del servicio educativo superior universitario, supervisar y fi scalizarla calidad de dicho servicio y si los recursos públicos y los bene fi cios otorgados por el marco legal a las universidades han sido destinados a fi nes educativos y al mejoramiento de la calidad. Asimismo, administra el Registro Nacional de Grados y Títulos para contribuir a una educación superior de calidad; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, dispone que el/la Superintendente/a tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000092-2021-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión N° 016-2021, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Sunedu el cual, consideró en la posición (correlativo) N° 005, el puesto de Asesor (a) de Calidad e Información Educativa de la Superintendencia de la Sunedu; Que con la Resolución de Secretaría General N° 0092-2023-SUNEDU se formalizó las acciones de administración ejecutadas por la O fi cina de Recursos Humanos al Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), el cual, consideró, el puesto de Asesor(a) de Calidad e Información Educativa de la Superintendencia; como puesto de con fi anza; Que, de acuerdo con el Manual de Per fi les de Puestos – MPP de la Sunedu, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 058-2019-SUNEDU, actualizado por Resoluciones de Secretaría General N° 047-2021-SUNEDU, N° 048-2021-SUNEDU, N° 064-2021-SUNEDU y N° 044-2022-SUNEDU, el puesto de Asesor(a) de Calidad e Información Educativa de la Superintendencia, pertenece al grupo de servidores de actividades complementarias, familia de puestos de asesoría y rol de asesoría; Que, a través del Memorando N° 00037-2024-SUNEDU- DS, esta Superintendencia solicita a la O fi cina de Recursos Humanos realizar la evaluación respectiva para la designación del señor Juan Antonio Bazán Chávez en el acotado puesto; Que, mediante Memorando N° 0174-2024-SUNEDU- SG-ORH, del 09 de febrero de 2024, la O fi cina de Recursos Humanos informa que, de la veri fi cación efectuada sobre el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos, resulta viable la propuesta de designación del señor Juan Antonio Bazán Chávez, en el puesto de Asesor de Calidad e Información Educativa de la Superintendencia, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, quien cumple con los requisitos del per fi l aprobado en el Manual de Per fi les de Puestos (MPP) de la entidad, y que se encuentra previsto en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), con código del puesto C00401005, puesto determinado como servidor civil de confi anza; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30220, Ley Universitaria y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018- MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Juan Antonio Bazán Chávez en el puesto de Asesor de Calidad e Información Educativa de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, a partir del 12 de febrero de 2024. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución al señor Juan Antonio Bazán Chávez, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la Secretaría General. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL ENEMECIO CASTILLO VENEGAS Superintendente 2260748-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Poroy, provincia y departamento de Cusco RESOLUCIÓN N° 0028-2024-JNE Expediente N° JNE.2023003109 POROY - CUSCO - CUSCOVACANCIAAPELACIÓN Lima, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatroVISTO: en audienciah pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Marcelina Susaya Sapa (en adelante, señora recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 052-2023-MDP/CM, del 30 de octubre de 2023, que declaró infundado su recurso de reconsideración formulado en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 050-2023-MDP/CM, del 5 de octubre de 2023, que rechazó su solicitud de vacancia presentada en contra de doña Rosina Huamán Huari, regidora del Concejo Distrital de Poroy, provincia y departamento de Cusco (en adelante, señora regidora), por nepotismo, causa prevista en el numeral 8 del artículo 22, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Oídos: los informes orales.Primero.- ANTECEDENTES 1.1. El 20 de setiembre de 2023, la señora recurrente presentó su pedido de vacancia en contra de la señora regidora, por nepotismo, causa prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, argumentado esencialmente lo siguiente: a) Doña Victoria Huari Maldonado es progenitora de la señora regidora. b) Doña Victoria Huari Maldonado recibió la suma de S/ 500.00 por las labores realizadas en el proyecto “Limpieza de canales y cunetas de evacuación de aguas pluviales en puntos críticos del distrito de Poroy”, a cargo