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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (10/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / EmpresaMonto total (Soles) Adinelsa 53 569,74Chavimochic 13 758,40Coelvisac 4 016,78Edelsa 2 938,83 Egepsa 4 595,29 Eilhicha 10 038,17Electro Dunas 29 087,11Electro Oriente 464 935,85Electro Pangoa 3 580,08 Electro Puno 175 680,94 Electro Sur Este 334 945,94Electro Tocache 21 323,40Electro Ucayali 54 165,74Electrocentro 446 628,52Electronoroeste 139 914,94 Electronorte 61 629,47 Electrosur 30 590,19Emsemsa 8 005,66Emseusac 8 658,91Enel Distribución Perú 118 076,99 Esempat 4 112,02 Hidrandina 351 696,33Luz del Sur 24 732,94Seal 26 310,58Sersa 6 402,91 TOTAL 2 399 395,73 Artículo 2.- Instrucción de orden de pago A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago la realizará el Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 9 de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 3.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 0097-2024-GRT y el Informe Legal N° 0767-2023-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. MIGUEL JUAN RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas Osinergmin 2260525-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Modifican la R.J. Nº 0001-2024-ANA, que delegó facultades en diversos funcionarios de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0058-2024-ANA San Isidro, 8 de febrero de 2024VISTO: El Informe N° 0055-2024-ANA-OA de la O fi cina de Administración e Informe Legal N° 0120-2024-ANA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 21º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional de la entidad y conduce la marcha general de la misma, asumiendo la titularidad del pliego presupuestal; Que, el inciso 76.1 del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala, que “ el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley ”; Que, asimismo, el inciso 78.1 del artículo 78º de dicho cuerpo normativo establece que procede, también, la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma Entidad; Que, en materia de contratación pública, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y sus normas modi fi catorias, señalan las reglas que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, indicando en el inciso 8.2 del artículo 8° del citado TUO, que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le es otorgada, con excepción de los supuestos expresamente señalados en dicho artículo y en el Reglamento; Que, según lo previsto en el literal b) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, corresponde a la Jefatura “ejercer la representación legal e institucional de la Autoridad Nacional del Agua suscribiendo contratos, convenios y demás documentos que en tal virtud le corresponda (…)”; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 0001- 2024-ANA de fecha 4 de enero de 2024, se delegaron en diversos funcionarios de la Entidad, determinadas facultades para que las mismas sean ejercidas durante el Año Fiscal 2024; Que, mediante el Informe N° 0055-2024-ANA- OA de fecha 6 de febrero de 2024 la O fi cina de Administración señala que “corresponde a la Jefatura ejercer la representación legal e institucional de la Autoridad Nacional del Agua suscribiendo contratos, convenios y demás documentos que en tal virtud le corresponda”; siendo además que de la revisión de las Resoluciones Jefaturales N° 0001 y 0028-2024-ANA, “(…) no se advierte que se haya delegado en la O fi cina de Administración la facultad para suscribir contratos en la Sede Central (…)”; Que, en su informe de visto, la O fi cina de Asesoría Jurídica estima legalmente viable lo solicitado por la Ofi cina de Administración, para que se modi fi que el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº 0001-2024-ANA; y, Con el visto de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA, en los siguientes términos: