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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (19/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Lunes 19 de febrero de 2024 El Peruano / Artículo 13.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la misma fecha, en la página web institucional www.gob.pe/susalud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2262582-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman Comité de Selección de Personal encargado de los procesos de contratación de personal bajo los alcances del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para el año judicial 2024 Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Administración de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000001-2024-ADM-CSNJPE-PJ Lima, 18 de enero de 2024 ANTECEDENTES:- Mediante Resolución Administrativa N° 000295- 2023-CE-PJ de fecha 20 de julio de 2023, se aprueba la Directiva N° 006-2023-CE-PJ denominada “Proceso de Selección de Personal en el Poder Judicial” – Versión 001. - Mediante Resolución Administrativa N° 000414- 2023-CE-PJ de fecha 04 de octubre de 2023, se aprueba el documento denominado “Lineamientos para la operatividad de la Directiva N° 006-2023-CE-PJ en los procesos de selección de personal bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057”. FUNDAMENTOS: 1. En el numeral 7.2.1 de la Directiva N° 006-2023-CE- PJ, denominada “Proceso de Selección de Personal en el Poder Judicial” – Versión 001, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000295-2023-CE-PJ, se establece: “el comité estará conformado por tres (03) miembros titulares y tres (03) suplentes designados/as a través de una resolución administrativa expedida por el Gerente de Recursos Humanos, la Gerencia u O fi cina de Administración Distrital, según corresponda”; asimismo, en el numeral 7.2.2, señala que el comité de selección de personal de la Corte Superior de Justicia, deberá estar conformado por: a) “El/la jefe/a de la Gerencia u O fi cina de Administración Distrital o su representante. b) El/la jefe/a de la unidad o coordinador/a responsable de los procesos de recursos humanos o su representante, quien brinda el soporte técnico durante el desarrollo del proceso. c) Un/una representante de las áreas usuarias, quien lo preside; o al representante que estos propongan. 2. En el literal 2.2 de los Lineamientos para la operatividad de la Directiva N° 006-2023-CE-PJ en los procesos de selección de personal bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, aprobado mediante Resolución Administrativa .N° 000414-2023-CE-PJ, establece: “de acuerdo a lo señalado en el literal c) del numeral 7.2.2 de la Directiva, la Corte Suprema de Justicia de la República, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Procuraduría Pública del Poder Judicial, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial antes OCMA y las Cortes Superiores de Justicia, proponen como sus LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES