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56 NORMAS LEGALES Sábado 13 de julio de 2024 El Peruano / 3.14 Decreto Supremo Nº 003-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. 3.15 Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modi fi catorias. 3.16 Decreto Supremo Nº 003-2018-TR, que establece las disposiciones para el Registro y Difusión de las Ofertas Laborales del Estado. 3.17 Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su reglamento. 3.18 Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.19 Resolución Administrativa Nº 087-2008-CE-PJ, que aprueba la Directiva “Normas y Procedimientos para el Control de Nepotismo y/o Incompatibilidad en el Poder Judicial” 3.20 Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 061-2010-SERVIR/PE, que establece disposiciones para la realización de los procesos de selección en las entidades de la administración pública, modi fi cada por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE y Nº 330-2017-SERVIR-PE. 3.21 Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras y su modi fi catoria. 3.22 Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 140-2019-SERVIR-PE, que aprueba los lineamientos para el otorgamiento de ajustes razonables a las personas con discapacidad en el proceso de selección que realicen las entidades del sector público. 3.23 Resolución Administrativa Nº 321-2021-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Corte Suprema de Justicia de la República y Órganos de Gobierno y Control Nacionales y sus modi fi catorias 3.24 Resolución Administrativa N.°000488-2023-CE- PJ, que aprueba el “Manual de Clasi fi cador de Cargos del Poder Judicial” – Versión 002. 3.25 Resolución Administrativa Nº 247-2023-CE-PJ, que aprueba la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial” 3.26 Resolución Administrativa Nº 000481-2023-CE- PJ, que aprueba el “Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial” – Versión 002. 3.27 Informe Legal Nº 1061-2011-SERVIR/GG-OAJ (22NOV2011), emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (Opinión Vinculante) 3.28 Informes Técnicos Nº 558-2019-SERVIR/ GPGSC (16ABR2019) y Nº 1492- 2022-SERVIR-GPGSC (19AGO2022), emitidos por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil. 4. DEFINICIONES 4.1. Accesitario: Postulante que, habiendo aprobado todas las evaluaciones del proceso de selección de personal, no alcanzó vacante porque se ubica en el orden de mérito inmediato inferior del ganador. 4.2. Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público – AIRHSP: Herramienta de gestión en materia de recursos humanos del Estado, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, que registra información de cada puesto en la entidad. Los datos registrados sirven de base para las fases de formulación, programación, ejecución y evaluación del proceso presupuestario, número de plazas, políticas salariales, obligaciones sociales y previsionales y gastos en personal. 4.3. Área usuaria : Unidad de organización o funcional del Poder Judicial que tiene la necesidad de contratar personal, bajo los alcances del régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728 o Nº 1057 para cubrir la necesidad de servicios. 4.4. Bases del Proceso: Documento que establece las reglas y requisitos necesarios para realizar las etapas del proceso de selección de personal, así como los derechos y obligaciones de los postulantes. Debe contener toda la información que a los postulantes les corresponden conocer para presentarse al proceso y garantizar el cumplimiento de los principios de mérito, transparencia e igualdad de oportunidades. 4.5. Comité de Selección de Personal: Órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crea para llevar a cabo el proceso de selección de personal especí fi co, conforme lo señalado en la presente directiva (supervisar, fi scalizar, ejecutar y emitir informes). Sus miembros actúan en representación de la unidad de organización a la que representan y sus decisiones son tomadas con independencia y tienen efectos vinculantes para estos, así como para terceros. 4.6. Ficha de postulación: Documento generado a través del aplicativo informático de selección de personal, una vez que el postulante ha llenado el formulario generado sobre los requisitos exigidos para el puesto convocado, el cual tiene carácter de declaración jurada. 4.7. Per fi l del puesto: Información estructurada respecto a la ubicación, misión, funciones, así como los requisitos y exigencias que demanda un cargo y/o puesto para que una persona pueda conducirse y desempeñarse adecuadamente en él. 4.8. Plaza: Número que identi fi ca la relación que tiene una unidad de organización del Poder Judicial y un cargo, el cual cuenta con fi nanciamiento para realizar la contratación. 4.9. Posición: Número de ocupantes que puede tener un puesto, con un único per fi l del puesto. 4.10. Postulante: Persona que aspira a cubrir un puesto en el Poder Judicial. 4.11. Proceso de selección de personal: Proceso del Subsistema de Gestión del Empleo del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Tiene por fi nalidad seleccionar a las personas más idóneas para el puesto sobre la base del mérito, competencia y transparencia, garantizando la igualdad en el acceso a la función pública. 4.12. Puesto: Conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición dentro de una entidad, así como los requisitos para su adecuado ejercicio. El puesto puede tener más de una posición siempre que el per fi l de éste sea el mismo. 4.13. Unidad de organización: Denominación general que se emplea para referirse, según corresponda a los órganos y unidades orgánicas que se formalizan en la estructura orgánica del Poder Judicial, a través de su reglamento de organización y funciones – ROF. 4.14. Unidad funcional: Denominación general que se emplea para referirse a los programas o proyectos especiales; así como, a comisiones, grupos de trabajo, comités, entre otros, que no forman parte de la estructura orgánica del Poder Judicial. 4.15. Video conferencia: Sistema interactivo que permite a varios usuarios mantener una conversación virtual utilizando un dispositivo electrónico como laptop o computadora personal. 5. RESPONSABLES5.1. La Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar 1, Gerencia u O fi cina de Administración Distrital, según corresponda, es la encargada de: a. Emitir la resolución administrativa de conformación del Comité de Selección de Personal; así como elaborar el proyecto de resolución administrativa que declara a los ganadores del proceso de selección de personal bajo el Decreto Legislativo Nº 728 (a plazo indeterminado) y elevarlo a las instancias correspondientes para su emisión. b. Realizar la asistencia técnica a los miembros del Comité de Selección de Personal, en todo lo necesario para el desarrollo adecuado del proceso de selección de personal. c. Comunicar a través de un informe al Comité de Selección de Personal, los puestos vacantes y presupuestados a convocar, los per fi les de los puestos a convocar validados y las bases del proceso de selección de personal tipo.