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64 NORMAS LEGALES Sábado 13 de julio de 2024 El Peruano / 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa Nº 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo, que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 802-2024 de la vigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de junio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado de Paccho Molinos, con competencia territorial en los Anexos Paccho Molinos (sede) y Chillwapampa; Barrios Tambo Pampa, Isko Cañasqa, Qarwacc Pampa y Tankar Pata; así como en los Sectores Ruyacc Coral, Candela Pata y Ruyacc Chirapa; distrito de Paucará, provincia de Acobamba, departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Segundo.- Disponer que por intermedio de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado de Paccho Molinos, para la implementación del juzgado de paz creado; a fi n de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia. Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Huancavelica entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia. Artículo Cuarto.- Los límites geográ fi cos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Huancavelica, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2306556-1 Aprueban implementación del Sistema de Monitoreo Integral (SMI) de los Módulos Corporativos Laborales – Ley N° 29497, cuya estructura funcional corresponde al Sistema Integrado Administrativo (SIA) de la Corte Superior de Justicia del Santa, en diversas Cortes Superiores de Justicia Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000229-2024-CE-PJ Lima, 11 de julio del 2024VISTO:El O fi cio Nº 000415-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; que contiene el Informe Nº 000055-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa N.º 000518-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo para el año 2024”; actividades que progresivamente refuerzan y consolidan la aplicación de la Ley Nº 29497 a nivel nacional. Segundo. Que, en el precitado plan de actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se encuentra en el marco del componente de monitoreo y evaluación, la actividad denominada: “Homologación y Desarrollo del Sistema de Monitoreo Integral de los Módulos Corporativos Laborales”, que es parte de la estructura del desarrollo informático del Sistema Integrado Administrativo (SIA), proyecto que fue desarrollado en la Corte Superior de Justicia del Santa. Tercero. Que, en el marco de acciones de dicha actividad, en su oportunidad, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo realizó un análisis sobre las aplicaciones que usan los Administradores de los Módulos Corporativos Laborales a nivel nacional, de fi niendo que el sistema de la Corte Superior de Justicia del Santa cuenta con funcionalidades adecuadas al modelo de despacho judicial corporativo, lo que facilita el correcto monitoreo en los Módulos Corporativos Laborales. Cuarto. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Corrida Nº 000099-2023-CE-PJ remitió el O fi cio Nº 000009-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial para que informe sobre la compatibilidad de la referida propuesta con el sistema del Poder Judicial, y eventualmente el despliegue de dicho proyecto. Quinto. Que, conforme al considerando tercero de la Resolución Corrida Nº 000287-2023-CE-PJ, la Gerencia de Informática recomienda que el Sistema Integrado Administrativo (SIA) se integre al Sistema Integrado Judicial (SIJ), y para ello se deberá elaborar un plan de trabajo con los programadores que diseñaron el SIA, quienes serán supervisados por la referida gerencia para cumplir con los estándares y normativa vigentes. Por lo que, en tal sentido, en dicha resolución se dispuso que la Gerencia de Informática proceda a la elaboración del plan de trabajo respectivo, a fi n que se cumpla con el plan de migración y la implementación correspondientes. Sexto. Que, el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Corrida Nº 000480-2023-CE-PJ aprobó el cronograma de actividades técnicas que permita migrar e implementar las funcionalidades del Sistema Integrado Administrativo (SIA) dentro del repositorio del Sistema Integrado Judicial (SIJ) a nivel nacional, conforme a la propuesta de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial remitida mediante O fi cio Nº 001020-2023-GI-GG-PJ; con conocimiento del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y la Corte Superior de Justicia del Santa. Sétimo. Que, en ese sentido, el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante O fi cio Nº 000415-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ remite el Informe Nº 000055-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ, por el cual se pone en conocimiento que se han realizado los procesos de homologación y migración; razón por la cual solicita se disponga el funcionamiento del módulo denominado “Sistema de Monitoreo Integral” (SMI) en los Módulos Corporativos Laborales - Ley Nº 29497, de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Huancavelica,