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83 NORMAS LEGALES Sábado 1 de junio de 2024 El Peruano / poder especial formalizado a elección del administrado (mediante documento legalizado ante notario o fedatario de la ONPE) de conformidad con el numeral 126.2 del artículo 126° del TUO de la LPAG, de manera presencial obligatoriamente identi fi cándose con su DNI , el mismo que se presentará en la Mesa de Partes Física de la ONPE ubicada en la sede central (Lima) y en las ORC (provincias) Artículo 16°.- Plazo para resolver las Solicitudes de Revocatoria de Autoridades Regionales y/o Municipales El plazo para resolver admisión o denegación de las solicitudes de revocatorias de autoridades regionales y/o municipales es de treinta (30) días calendario los cuales se comienzan a contabilizar al día siguiente de presentada la Solitud de Revocatoria, según lo dispuesto en el artículo 21° de la LDPCC. CAPÍTULO V MEDIO IMPUGNATORIO Artículo 17°.- Competencia para tramitar el recurso de apelación Contra la Resolución de la SG que deniega o admite la Solicitud de Revocatoria, el promotor y/o representante del promotor o la autoridad sometida a consulta popular, puede interponer recurso de apelación ante el JNE. Artículo 18°.- Plazo para interponer el recurso de apelación El p lazo para interponer recurso de apelación en contra de las resoluciones emitidas por la ONPE, que admite o rechaza una solicitud de revocatoria de autoridades, es de tres (03) días hábiles. CAPÍTULO VI DISPOSICIÓN FINAL Artículo 19°.- Publicidad de los fundamentos de revocatoria La SG de la ONPE solicitará, a la Gerencia de Información y Educación Electoral-GIEE la publicación de la admisión de la Solicitud de Revocatoria a través de los medios de comunicación; asimismo, publicará un extracto de los fundamentos en que se sustentan las solicitudes de revocatoria admitidas, a través del portal institucional www.onpe.gob.pe. ANEXO Único Anexo.- Formato de Solicitud de Revocatoria de Autoridades Regionales y/o Municipales ANEXO F ormato de Solicitud de Revocatoria de Autoridades Regional y/o Municipales 2023-2026 SEÑOR:SECRETARIO(A) GENERAL DE LA ONPEPresente.- De mi consideración:Yo, ____________________________________________, identi fi cado (a) con DNI N° ____________, en calidad de promotor ( ) o representante ( ) del promotor ________________________________, con domicilio en _________________________________________, con número telefónico y/o celular _________________________, correo electrónico ________________________________________, ante usted me presento y, solicito se inicie el proceso de revocatoria de las autoridades Regionales o Municipales 2023-2026 las cuales se encuentran indicadas en la Resolución Subgerencial N°___________-SGACTD-SG/ONPE de fecha ____________ la misma que declaró procedente la venta de los formatos para recolección de fi rmas de adherentes y que pertenecen a la circunscripción indicada a continuación: DE LOS DERECHOS DE CONTROL CIUDADANO REVOCATORIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES O REGIONALES Circunscripción de las autoridades a revocarse; ELIJA UNA DE ELLAS: Distrito: DISTRITAL Provincia: ________________________________________________________________________ Región: Provincia:: ________________________________________________________________________ PROVINCIAL Región: ________________________________________________________________________ REGIONAL Nombre de la Región ________________________________________________________________________ Asimismo, en concordancia con el artículo 21° de la Ley N° 26300, mani fi esto que los fundamentos que sustentan la presente solicitud constan de manera expresa en el Expediente N° _______________/ONPE. Anexo a la Solicitud los siguientes Documentos: Marcar con (X)a) Constancia del Proceso de Veri fi cación de fi rmas de adherentes emitida por el RENIEC. (___) b) Acta de Etapa de Veri fi cación automática y Acta de etapa de veri fi cación semiautomática. (___) c) Carta poder simple en caso de ser representante. (___) AUTORIZO EXPRESAMENTE PARA SER NOTIFICADO A MI DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO EN CASO DE NO CONTAR CON CASILLA ELECTRÓNICA SISEN ONPE SI NO