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84 NORMAS LEGALES Sábado 1 de junio de 2024 El Peruano / Me comprometo a dar acuse de recibo a la noti fi cación del acto administrativo correspondiente en un plazo de dos (02) días útiles contados desde el día siguiente de efectuado el acto de noti fi cación vía correo electrónico. _______________, _____ de _______________ de 20____ ___________________________________ Firma del Promotor o Representante Huella digital Nota: • La presente solicitud deberá ser escrita con letra imprenta legible 2294094-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Modifican la R.J. N° 000003-2024/JNAC/ RENIEC, que delega facultades en diversos funcionarios del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000088-2024/JNAC/RENIEC Lima, 30 de mayo de 2024 VISTOS: Los Memorandos N° 000181-2024/DCSD/RENIEC (17ABR2024) y N° 000231-2024/DCSD/RENIEC (20MAY2024), y la Hoja de Elevación N° 000043-2024/DCSD/RENIEC (29MAY2024) de la Dirección de Certi fi cación y Servicios Digitales; los Informes N° 000028-2024/DCSD/SDSCD/RENIEC (17ABR2024) y N° 000036-2024/DCSD/SDSCD/RENIEC (29MAY2024) de la Sub Dirección de Servicios de Certi fi cación Digital de la Dirección de Certi fi cación y Servicios Digitales; la Hoja de Elevación N° 000204-2024/OPP/RENIEC (29MAY2024) de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) y el Informe N° 000160-2024/OPP/URM/RENIEC (29MAY2024) de la Unidad de Racionalización y Modernización (hoy Unidad de Modernización Organizacional) de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); los Proveídos N° 003934-2024/SGEN/RENIEC (27MAY2024) y N° 004002-2024/SGEN/RENIEC (29MAY2024) de la Secretaría General; y, los Informes N° 000653-2024/ OAJ/RENIEC (24MAY2024), N° 000672-2024/OAJ/RENIEC (29MAY2024) y N° 000673-2024/OAJ/RENIEC (29MAY2024), de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un Organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modi fi catorias, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la Institución, ejerce su representación legal y es el encargado de dirigir y controlar la institución; Que el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de su competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, precisa en su artículo 79°, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia; Que de acuerdo a lo establecido en el literal p) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000061- 2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), el Jefe Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) cuenta, entre sus atribuciones, con la facultad de delegar en el Secretario General, Gerente General, Directores, Sub Directores, Jefes de O fi cina y Jefes de Unidad, las facultades y atribuciones que le asigne la Ley y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y que no sean privativas de sus funciones como Titular del Pliego; Que mediante Resolución Jefatural N° 000003-2024/ JNAC/RENIEC del 10 de enero de 2024, modi fi cada por Resolución Jefatural N° 000060-2024/JNAC/RENIEC del 08 de abril de 2024 y Resolución Jefatural N° 000077-2024/JNAC/RENIEC de fecha 14 de mayo de 2024, se efectuó la delegación de facultades, en materia presupuestal, planeamiento estratégico, contrataciones con el Estado, administrativa y gestión de recursos humanos, a diversos funcionarios del RENIEC, entre ellos, el/la Secretario/a General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que mediante los documentos de vistos, la Dirección de Certi fi cación y Servicios Digitales sustenta la necesidad de que la Jefatura Nacional le delegue facultades, con la fi nalidad de suscribir y resolver convenios con organismos públicos y privados en representación del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), para la utilización del servicio de la Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital ID-PERU, en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412 - Ley de Gobierno Digital, aprobado mediante Decreto Supremo N° 029-2021-PCM; Que por su parte, con documento del visto, la Secretaría General solicita gestionar la facultad de delegar la designación del árbitro por parte de la Entidad en los procesos de arbitraje en el marco del Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo que norma el arbitraje; Que con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la marcha administrativa del Registro Nacional