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34 NORMAS LEGALES Viernes 28 de junio de 2024 El Peruano / Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Los logros expuestos se encuentran en el Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión; así como a articular el cumplimiento de las actividades operativas con las acciones y objetivos estratégicos del Plan Estratégico en cumplimiento a Resolución Administrativa Nº 000260-2023-P-PJ. Sexto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 338-2022-CE-PJ). Sétimo. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000422-2023-CE-PJ de fecha 13 de octubre de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), a partir del 16 de octubre de 2023, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Huaura, entre otros, en el Juzgado de Trabajo Permanente del distrito de Huacho, provincia de Huaura. Octavo. Que, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa Nº 000141-2024-CE-PJ, al pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, mediante O fi cio Nº 000893-2024-P-CSJHA- PJ y teniendo como sustento la opinión favorable de la Gerencia de Informática, gestionada mediante O fi cio Nº 001171-2024-GI-GG-PJ y de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, alcanzada mediante O fi cio Nº 000151-2024-GSJR-GG-PJ. Adicionalmente, lo manifestado por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante O fi cio Nº 000328-2024-ST- ETIINLPT-CE-PJ, documentación que coincide en la necesidad de la implementación de la funcionalidad del sistema EJE al 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho, de la provincia y Corte Superior de Justicia de Huaura, a fi n de no interrumpir la tramitación de los procesos. En mérito a ello, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico elaboró el Informe Nº 016-2024-ST-CT-EJE-PJ, proponiendo ampliación la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT) en el 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho, de la provincia y Corte Superior de Justicia de Huaura, a fi n de recibir documentos del Juzgado de Trabajo Permanente del distrito de Huacho, provincia de Huaura, que aleatoriamente le redistribuirá, un máximo de 300 expedientes en etapa de trámite, correspondientes a la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de mayo de 2024 y que no se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución. Noveno. Que, mediante resolución de fecha 1 de febrero de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone que la O fi cina de Productividad Judicial cuando presente propuestas de prórroga, conversión, reubicación u otra acción de órganos jurisdiccionales, debe coordinar previamente con los señores Consejeros Responsables de los Equipos Técnicos Institucionales Penal y laboral; así como, el Programa Presupuestal por Resultados de Familia. Décimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 820- 2024 de la vigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de junio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal del Trabajo, en el 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho, de la provincia y Corte Superior de Justicia de Huaura, para atender los expedientes en trámite que aleatoriamente le redistribuirá el Juzgado de Trabajo Permanente del distrito de Huacho, de la misma provincia, en el marco de la ejecución de la Resolución Administrativa Nº 000141-2024-CE-PJ. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Huaura, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina de Productividad Judicial cuando presente propuestas de prórroga, conversión, reubicación u otra acción de órganos jurisdiccionales, que tramiten o por redistribución recibirán expedientes electrónicos, debe coordinar previamente con la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2301808-1 Prorrogan funcionamiento, convierten, reubican y disponen medidas administrativas en diversos órganos jurisdiccionales Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000189-2024-CE-PJ Lima, 21 de junio del 2024 VISTO: El O fi cio Nº 000691-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 00047-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del