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48 NORMAS LEGALES Viernes 28 de junio de 2024 El Peruano / dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 876-2024 de la vigésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de junio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), a partir del 1 de julio de 2024, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, conforme al detalle siguiente: Sede Tambopata, ubicada en Av. Madre de Dios N°360 - Tambopata - Sala Civil Permanente - Juzgado de Trabajo Permanente de Tambopata Sede Laberinto, ubicada en Jr. Las piedras U-5 - Juzgado de Paz Letrado de Laberinto La ceremonia de inauguración, se realizará a partir del 5 de julio 2024. Artículo Segundo. Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero. Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Nacional para la implementación de la Ley Nº 30364, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2301835-1 Disponen implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Apurímac Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000195-2024-CE-PJ Lima, 27 de junio del 2024VISTO: El O fi cio Nº 000044-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 000044-2024-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000154-2024-CE-PJ, que aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad, entre otras, en la Corte Superior de Justicia de Apurímac. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000136-2021-P-PJ; en ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa Nº 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000553-2023-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico; en mérito a las acciones ejecutadas y al avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de los servidores jurisdiccionales; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Cuarto. Que, las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2024, considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Los objetivos y metas corresponden al Plan Operativo Institucional de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (POI-EJE). Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil doscientos noventa y cinco órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil- Litigación Oral; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada – etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ y