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28 NORMAS LEGALES Viernes 28 de junio de 2024 El Peruano / Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, en el mismo día, los lineamientos en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp). Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP 2301580-1 Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 124-2024-SUNARP/GG Lima, 26 de junio de 2024 VISTOS: Los Memorándums N° 743-2024-SUNARP/OPPM del 3 de mayo de 2024, N° 778-2024-SUNARP/OPPM del 10 de mayo de 2024 y N° 785-2024-SUNARP/OPPM del 13 de mayo de 2024, así como los Memorándums N° 981-2024-SUNARP/OPPM, N° 989-2024-SUNARP/ OPPM y N° 990-2024-SUNARP/OPPM del 13 de junio de 2024 de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Informes Técnicos N° 070-2024-SUNARP/OGRH del 9 de mayo de 2024, N° 077-2024-SUNARP/OGRH del 17 de mayo de 2024, N° 084-2024-SUNARP/OGRH del 27 de mayo de 2024, N° 094-2024- SUNARP/OGRH, N° 095-2024- SUNARP/OGRH, N° 096-2024-SUNARP/OGRH del 13 de junio de 2024, así como el N° 101-2024-SUNARP/OGRH del 21 de junio de 2024 de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° 622-2024-SUNARP/OAJ del 24 de junio de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 26366, se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normas, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional; Que, por su parte, en el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y por la entidad; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permiten a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, en el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, se de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos, como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; asimismo, en el subnumeral 5.2.2 de la Directiva, se establece que el titular de la entidad aprueba el MCC y sus modi fi catorias, según lo dispuesto en la citada norma”; Que, así también, en el subnumeral 6.1.7 de la Directiva se señala que, la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elaborar y elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia, y que de obtener la validación, el titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia; Que, mediante Resolución N° 356-2022-SUNARP/ GG del 12 de diciembre de 2022, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, en ese contexto, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, mediante los Informes Técnicos N° 070-2024-SUNARP/OGRH, N° 077-2024-SUNARP/ OGRH y N° 084-2024-SUNARP/OGRH, N° 094-2024- SUNARP/OGRH, N° 095-2024- SUNARP/OGRH, N° 096-2024-SUNARP/OGRH y N° 101-2024-SUNARP/OGRH, propone y sustenta la aprobación de la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva, respecto de los cargos de Coordinador de Recursos Humanos, Especialista Legal, Programador y Operador de Sistemas, pertenecientes a la Zona Registral N° IX - Sede Lima; de Especialista en Personal y jefe de la Unidad de Administración, en las Zonas Registrales y de jefe de la Unidad de Tesorería, jefe de la Unidad de Contabilidad y jefe de la Unidad de Organización y Modernización, todos de la Sede Central, respectivamente; Que, por su parte, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de los Memorándums N° 743-2024-SUNARP/OPPM, N° 778-2024-SUNARP/OPPM, N° 785-2024-SUNARP/OPPM, N° 981-2024-SUNARP/OPPM, N° 989-2024-SUNARP/OPPM y N° 990-2024-SUNARP/ OPPM, hace suyo y remite los Informes N° 111-2024-SUNARP/OPPM/UPL, N° 114-2024-SUNARP/OPPM/UPL, N° 117-2024-SUNARP/OPPM/UPL, N° 144-2024-SUNARP/OPPM/UPL, N° 146-2024-SUNARP/OPPM/UPL y N° 147-2024-SUNARP/OPPM/UPL, de la Unidad de Planeamiento, respectivamente, mediante los cuales emite opinión favorable para la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, en lo que corresponde a los cargos antes señalados; Que, en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, lo cual concuerda con lo dispuesto en el literal h) del numeral 5.1 de la Directiva, que de fi ne al Titular de la entidad como la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; sobre esta base, en el artículo 12 y en el literal c) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, se señala que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa; y tiene entre sus funciones, expedir documentos normativos y resoluciones en materias de su competencia, en su calidad de máxima autoridad administrativa; Que, atendiendo al marco legal expuesto, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 622-2024-SUNARP/OAJ, concluye que resulta viable legalmente la emisión del acto resolutivo que disponga la aprobación de la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Sunarp, propuesto por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, al encontrarse acorde con la normatividad vigente, correspondiendo que el referido acto resolutivo sea emitido por la Gerencia General, en su calidad de Titular de la entidad dentro del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;