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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2024 (13/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de marzo de 2024 El Peruano / d) Certi fi cado Digital: Documento electrónico generado y fi rmado digitalmente por una entidad de certi fi cación, que ha identi fi cado previamente a una persona determinada (Persona natural, persona jurídica privada o entidad pública) con fi rmando su identidad a fi n de que pueda fi rmar digitalmente documentos electrónicos. e) Credencial de acceso: Identi fi cador único del administrado (usuario y contraseña o certi fi cado digital) que le facilita el acceso a la Sede Digital del Ositrán, el cual se activa luego de haber efectuado la a fi liación correspondiente. f) Firma digital: Mecanismo tecnológico que sirve para demostrar la autenticidad de un documento electrónico y, a la vez, dota al mismo de validez y e fi cacia jurídica. Otorga seguridad de que el mensaje fue creado por el suscriptor, y que no fue alterado desde su creación. g) Formulario de Solicitud de A fi liación a la Sede Digital del Ositrán: Formulario digital a través del cual el administrado se registra consignando sus datos para facilitar sus posteriores accesos a la Sede Digital del Ositrán, así como da su consentimiento expreso para ser noti fi cado a través de la Casilla Electrónica del Ositrán. h) Mesa de Partes Virtual: Servicio digital publicado en la Sede Digital del Ositrán que permite al administrado presentar documentos electrónicos al Ositrán, respetando los requisitos generales establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General vigente. i) Representante autorizado: Persona a la que se le ha delegado facultad de presentar documentos ante el Ositrán a nombre de una persona jurídica privada o entidad pública, teniendo acceso a la bandeja de noti fi caciones. j) Representante legal: Persona a la que, por disposición legal, le corresponde actuar en nombre de otra persona natural, persona jurídica privada o entidad pública. k) ROPS: Registro O fi cial de Prestadores del Servicio de Certi fi cación Digital acreditados por el INDECOPI. l) Sede Digital: Canal digital del Ositrán a través del cual el administrado puede acceder a un catálogo de servicios digitales, realizar trámites, hacer seguimiento a los mismos, recibir y enviar documentos electrónicos. m) Sellado de tiempo (time stamping): Servicio brindado por una entidad acreditada que permite consignar la fecha y hora cierta en que fue fi rmado digitalmente un documento electrónico. n) Servicio digital: Servicio provisto de forma total o parcial a través de Internet u otra red equivalente, que se caracteriza por ser automático, no presencial y utilizar de manera intensiva las tecnologías digitales, para la producción y acceso a datos y contenidos que generen valor público para los administrados. o) Sistema de Gestión Documental (SGD): Herramienta tecnológica que soporta los procesos de recepción, emisión, archivo y despacho de la gestión documental de la Entidad, la misma que permite la creación y uso de documentos y fi rmas digitales. p) Solicitud de baja a la Sede Digital del Ositrán: documento a través del cual el administrado solicita la baja a su credencial de acceso a la Sede Digital del Ositrán (Anexo I). q) Unidad de Organización: Órgano, Unidad Orgánica u O fi cina del Ositrán que emite actos o actuaciones administrativas. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- De los Servicios Digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica 1.1. Los servicios digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica que brinda el Ositrán respetan los principios, derechos y garantías del debido procedimiento, sin afectar el derecho a la defensa ni a la igualdad de las partes. Asimismo, se rigen por los Principios Generales de Acceso Seguro a los Servicios Públicos Electrónicos establecidos en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales y en las garantías para la prestación de servicios públicos digitales señaladas en el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 1412, Ley de Gobierno Digital. 1.2. Los servicios digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica son canales alternativos que el Ositrán pone a disposición del administrado a través de la Sede Digital, sin perjuicio de la opción de utilizar la Mesa de Partes Presencial, noti fi cación al domicilio fi scal o noti fi cación por correo electrónico, conforme a la normativa en la materia que corresponda. 1.3. En caso de procedimientos administrativos o requerimientos de los administrados que, conforme a la normativa en la materia, requieran la presentación de documentación original que haya sido emitida en soporte físico por terceros, como cartas fi anzas, cartas notariales, documentos contables, documentos emitidos por Registros Públicos, entre otros, el administrado tomará las medidas respectivas para efectuar la presentación mediante el canal presencial. 1.4. Para acceder al servicio digital de Mesa de Partes Virtual, no es requisito que el administrado esté a fi liado a la Sede Digital ni que tenga certi fi cado digital; sin embargo, la a fi liación le facilitará el acceso y optimizará la presentación de sus documentos electrónicos, toda vez que sus datos de identi fi cación (sea persona natural, persona jurídica privada o entidad pública) y de sus representantes estarán predeterminados y se cargarán automáticamente, así como le permitirá el guardado de sus documentos (borradores) hasta su envío de fi nitivo. 1.5. Para acceder al servicio digital de Casilla Electrónica, el administrado deberá a fi liarse a la Sede Digital del Ositrán, dando su consentimiento expreso de su autorización para la noti fi cación por casilla electrónica a través del Formulario de Solicitud de A fi liación a la Sede Digital del Ositrán. 1.6. Al solicitar la a fi liación a la Sede Digital del Ositrán, el administrado acepta los términos y condiciones de uso indicados en el Formulario de Solicitud de A fi liación a la Sede Digital del Ositrán. 1.7. El Ositrán no efectuará cobro alguno por la afi liación en la Sede Digital y el uso de los servicios digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica. 1.8. El Ositrán brindará la asistencia necesaria al administrado para el uso de los servicios digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica, a través de los canales de atención presencial, telefónico y virtual. 1.9. El Ositrán se reserva el derecho de suspender, modi fi car o retirar los servicios digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica, en caso fortuito o de fuerza mayor, comunicando dicha situación a los administrados a través del Portal Institucional del Ositrán. En estos supuestos, el administrado deberá enviar sus documentos al correo electrónico infompv@ositran.gob.pe, mientras que el Ositrán realizará las notifi caciones al correo electrónico declarado en el Formulario de Solicitud de A fi liación a la Sede Digital del Ositrán o el que autorice el administrado siempre que quede constancia de ello. 1.10.Para acceder a los servicios digitales de Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica, el administrado utilizará un equipo informático con sistema operativo Windows conectado a Internet y con fi gurado para navegación por web y empleará alguno de los navegadores web mencionados en los requisitos técnicos publicados en el Portal de la Sede Digital del Ositrán. Artículo 2.- De la a fi liación a la Sede Digital del Ositrán 2.1 Podrán a fi liarse a la Sede Digital del Ositrán, las personas naturales, personas jurídicas privadas o entidades públicas debidamente representadas. 2.2 El administrado podrá gestionar su a fi liación a la Sede Digital del Ositrán empleando un certi fi cado digital (de poseerlo) o, en su defecto, generando un usuario y contraseña, sin perjuicio de lo indicado en el numeral 1.4 del presente Reglamento. 2.3 El Ositrán procederá con la activación de la afi liación en un plazo máximo de un día hábil, bajo el principio de presunción de veracidad de la información proporcionada por el administrado, efectuando