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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2024 (13/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de marzo de 2024 El Peruano / encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal Nº 00338-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú, que participará en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, a la delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú que se detalla a continuación, para participar en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, autorizando su salida del país el 13 de marzo y su retorno el 17 de marzo de 2024: Nº Grado Nombres y apellidos DNI 1 Teniente Coronel EP Daniel Ernesto Ángel ZEA LOPEZ 40048295 2 Teniente EPMauricio Aldahir VALLEJOS JAUREGUI74120428 3 Subteniente EP Diego Alonso Ángel ASTE PINTO 70758447 Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima – Buenos Aires (República Argentina) - Lima clase económica US$ 1,311.05 x 3 personas (incluye importe TUUA) US$ 3,933.15 Total a pagar: US$ 3,933.15 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 4.- El personal militar autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2269758-1DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aprueban tres Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000045-2024-MIDIS San Isidro, 12 de marzo del 2024 VISTOS: El Informe de Trabajo N° D000012-2024-MIDIS- OGA-BVB de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000044- 2024-MIDIS-OGA de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la O fi cina General de Administración; el Informe N° D000107-2024-MIDIS-OGAJ de fecha 11 de marzo de 2024, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se establece que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante, LCE), señala que “Los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación”; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias (en adelante, RLCE) señala que “Mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de califi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS”; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del RLCE dispone que “La aprobación, la modi fi cación y la exclusión de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano”. La facultad del Titular a que se re fi ere este numeral es indelegable”; Que, el numeral 7.5 de la Directiva N° 008-2023-PERÚ denominada “Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000164-2023-PERÚ COMPRAS- JEFATURA (en adelante, la Directiva), establece que “Los ministerios elaboran la Ficha de Homologación describiendo las características técnicas especi fi cadas y/o condiciones de ejecución y/o requisitos de cali fi cación, del requerimiento uniformizado por el ministerio en el ámbito de su competencia”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 062-2023-MIDIS de fecha 22 de marzo de 2023 se aprueba la conformación del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por el periodo de un (01) año, el cual se encuentra conformado por miembros Titulares y Suplentes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos, entre los cuales se encuentra el Programa Nacional Cuna Más;