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31 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2024 El Peruano / PE-28 I Trayectoria: Emp. PE-28 B (L.D. Cusco en San Francisco) – Santa Rosa – Palmapampa – San Martín – Chiquintirca – Emp. AY-102 (Puncli) -Pacchac – Nuñunga– Retama – San Miguel – Emp. PE-28 B (Tambo); Que, con Resolución Ministerial N° 378-2014-MTC/02, se dispone dar por concluida la reclasi fi cación temporal establecida en el literal c) del artículo 2 de la citada Resolución Ministerial N° 240-2012-MTC/02, en el extremo referido al Sector: Emp. PE-28 B (Tambo) - San Miguel, en virtud de lo cual dicho sector retorna a su condición original de Ruta Departamental o Regional. En mérito a ello, se dispone, además, que el código y trayectoria PE-28 I queda consignado de la siguiente manera: PE-28 I Trayectoria: Emp. PE-28 B (L.D. Cusco en San Francisco) - Santa Rosa - Palmapampa - San Martín - Chiquintirca - Emp. AY-102 (Puncli) - Pacchac - Nuñunga - Retama - San Miguel; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 072- 2017-MTC/01.02, se resuelve reclasi fi car temporalmente la Ruta Departamental o Regional N° AY-102 en el Tramo: Emp. PE-28 B (Tambo) - San Miguel, como Ruta Nacional, asignándole el Código Temporal PE-28 I, la misma que adopta la siguiente trayectoria: PE-28-I Trayectoria Emp. PE-28 B (Tambo) – San Miguel; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1087-2017- MTC/01.02, se resuelve dar por concluida la reclasi fi cación temporal como Ruta Nacional de la Ruta N° AY-102, en el Tramo: Emp. PE-28B (Tambo) – San Miguel, dispuesta por la Resolución Ministerial N° 072-2017-MTC/01.02, restituyéndose su condición como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Ayacucho. En consecuencia, su trayectoria queda establecida conforme a lo señalado en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 378-2014-MTC/02, de acuerdo al siguiente detalle: PE-28 ITrayectoria: Emp. PE-28 B (L.D. Cusco en San Francisco) – Santa Rosa – Palmapampa – San Martin – Chiquintirca – Emp. AY-102 (Puncli) – Pacchac – Nuñunga – Retama – San Miguel; Que, con O fi cio N° 165-2024-GRA, el Gobierno Regional de Ayacucho solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones dar por concluida la reclasi fi cación temporal de la ruta PE-28 I a fi n de que retorne a su condición inicial como Ruta Departamental o Regional y, de esta manera, se puedan ejecutar proyectos viales en favor de la región y sus habitantes; Que, a través del Memorándum N° 329-2024- MTC/20, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL traslada el Informe N° 114-2024-MTC/20.13 de la Dirección de Gestión Vial, mediante el cual informa que los proyectos viales ejecutados en la Ruta PE-28 I, correspondientes a contratos de conservación por niveles de servicio, se encuentran concluidos, añadiendo que no tiene proyectos de inversión en ejecución; motivo por el cual, emite opinión favorable para la conclusión de la reclasi fi cación temporal de la Ruta Nacional PE- 28 I, a fi n de que retorne a su condición original de Ruta Departamental o Regional; Que, mediante Memorando Nº 1371-2024-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes brinda su conformidad y remite el Memorando Nº 1297-2024-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios, así como el Informe Nº 094-2024-MTC/19.03.CGPGJVyO de la Coordinación General de Proceso de Jerarquización Vial y Otros, a través del cual señala que, luego de la evaluación efectuada encuentra procedente la conclusión de la reclasi fi cación temporal, de la Ruta Nacional de código temporal PE-28 I de Trayectoria: Emp. PE-28 B (L.D. Cusco en San Francisco) - Santa Rosa - Palmapampa - San Martín - Chiquintirca - Emp. AY-102 (Puncli) - Pacchac - Nuñunga - Retama - San Miguel, a fi n que retorne a la Red Vial Departamental o Regional, teniendo en consideración los códigos y trayectorias dispuestas por el Clasi fi cador de Rutas del SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador; el Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la reclasi fi cación temporal de la Ruta Nacional PE-28 I de Trayectoria: Emp. PE-28 B (L.D. Cusco en San Francisco) - Santa Rosa - Palmapampa - San Martín - Chiquintirca - Emp. AY- 102 (Puncli) - Pacchac - Nuñunga - Retama - San Miguel, establecida en las Resoluciones Ministeriales Nros. 240-2012-MTC/02 y 378-2014-MTC/02; las cuales retornan a la Red Vial Departamental o Regional, teniendo en consideración los códigos y trayectorias dispuestas por el Clasi fi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese, RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2270478-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES