Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2024 (16/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2024 El Peruano / MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 26/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de diecisiete (17) inversiones previstas en el O fi cio N° 001646-2023- CG/SGE; Que, asimismo, por la Resolución Ministerial N° 534-2023-VIVIENDA, se autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 142 569,24 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 24/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de tres (3) inversiones previstas en el Ofi cio N° 001646-2023-CG/SGE, de las cuales una (1) se considera en el O fi cio N° 000028-2023-CG/GMPL; Que, adicionalmente, por la Resolución Ministerial N° 543-2023-VIVIENDA, se autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 15 054 328,25 (QUINCE MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO Y 25/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de nueve (9) inversiones previstas en los O fi cios N° 000632-2022-CG/ SGE, N° 000836-2023-CG/SGE y N° 000028-2023-CG/GMPL; Que, mediante Memorándum N° 088-2024-VIVIENDA- VMCS/PASLC, sustentado con el Informe N° 044-2024-VIVIENDA-VMCS/PASLC/UPP de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, así como del Memorándum N° 0152-2024-VIVIENDA-VMCS/PASLC/UO de su Unidad de Obras, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao solicita se gestione la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por S/ 1 584 402,10 (UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOS Y 10/100 SOLES), para dar cumplimiento al control concurrente de la inversión con CUI N° 2395187 “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de los sectores 359 y 360 y nuevas habilitaciones esquema integral Carabayllo - Sectores 352, 353, 355, 356, 357, 358. Distrito de San Antonio (Huarochirí) distrito de Carabayllo - Provincia de Lima - Departamento de Lima”, programada para transferir a dicha Entidad para el presente periodo, solicitada en su oportunidad con el O fi cio N° 000632-2022-CG/SGE y considerada en el O fi cio N° 000028-2023-CG/GMPL; Que, con el Memorándum N° 409-2024-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0168-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 1 584 402,10 (UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOS Y 10/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada a fi nanciar las acciones de control concurrente de la inversión con CUI N° 2395187 “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de los sectores 359 y 360 y nuevas habilitaciones esquema integral Carabayllo - Sectores 352, 353, 355, 356, 357, 358. Distrito de San Antonio (Huarochirí) distrito de Carabayllo - Provincia de Lima - Departamento de Lima”; Que, mediante el Informe N° 0208-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que en el marco de lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 de artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 1 584 402,10 (UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOS Y 10/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes;De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catoria; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 1 584 402,10 (UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOS Y 10/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de la inversión con CUI N° 2395187 “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de los sectores 359 y 360 y nuevas habilitaciones esquema integral Carabayllo - Sectores 352, 353, 355, 356, 357, 358. Distrito de San Antonio (Huarochirí) distrito de Carabayllo - Provincia de Lima - Departamento de Lima”, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y su modi fi catoria. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 006: Agua Segura para Lima y Callao; por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 006: Agua Segura para Lima y Callao, para que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2271112-1 Designan Asesor de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Rural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 072-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR Lima, 13 de marzo de 2024 VISTOS: El Memorándum N° 359-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 113-