Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2024 (16/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor César Augusto Negrete Venegas, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2271176-9 Designan Director de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2024-VIVIENDA Lima, 14 de marzo de 2024 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN PABLO CARRERA LUQUE, en el cargo de Director de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2270745-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2024-VIVIENDA Lima, 15 de marzo de 2024VISTOS:El O fi cio N° 000028-2023-CG/GMPL de la Contraloría General de la República, el Memorándum N° 409-2024-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0168-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 0208-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cado por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, según lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada Ley N° 31358, para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la misma ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, asimismo, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la referida Ley N° 31358, autorizan a los Pliegos involucrados del gobierno nacional, entre otros, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y, disponen que las referidas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el O fi cio N° 000028-2023-CG/ GMPL, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por la suma de S/ 78 178 754,98 (SETENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 98/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente, según el listado de cincuenta y cuatro (54) inversiones priorizadas, solicitado, entre otros, con los O fi cios N° 000632-2022-CG/SGE, N° 000836- 2023-CG/SGE y N° 001646-2023-CG/SGE; Que, con la Resolución Ministerial N° 516-2023-VIVIENDA, se autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 12 411 099,97 (DOCE MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL NOVENTA Y NUEVE Y 97/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de siete (7) inversiones previstas en el O fi cio N° 001646-2023-CG/SGE; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 517-2023-VIVIENDA, se autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 15 401 244,26 (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS UN