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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2024 (27/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 137

137 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos. - IVAN WILFREDO MEDINA PUCHURI - CARMEN ESTHER AQUINO PRADO- YOSSELIN NINET CANAL QUISPE- DORIS ELIZABETH SAAVEDRA AZABACHE, para que continúe prestando apoyo al Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. - CARLOS ANTONIO VILLANUEVA TUCTO - SOFIA HURTADO CERRON - REBECA PAOLA TEJADA ROQUE - WILVEOR QUIÑONEZ CHURA - ZAIDA LIZ GUERRA ZERPA - WENDY STEFANY CERCADO GUILLEN - JUAN ENRIQUE PRETIL PINEDO DISTRITO FISCAL DE LIMA NORTE- ROSA DELICIA ONOFRE GUEVARA - DANITZA MAYTHE BAÑOS CASTRO DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR - LUZ MILAGROS RODAS ABREGU DISTRITO FISCAL DE LORETO - CESAR ALBERTO ZEGARRA MARIN DISTRITO FISCAL DE PUNO- MARIA DORIS BUSTAMANTE BARRIOS - REYNA ISABEL PEREZ SUCASACA DISTRITO FISCAL DE SAN MARTIN - VIVIANA DEL MILAGRO FIESTAS CHAPILLIQUEN DISTRITO FISCAL DE TUMBES- BLANCA MARIA ARIAS JULCA Artículo Tercero .- Disponer, de ser el caso, que el personal fi scal, según corresponda, continúe formando parte Equipo Especial de Fiscales conformado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, así como del Equipo Especial de Fiscales, conformado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019. Artículo Cuarto .- Disponer, de ser el caso, las reservas de plaza del personal administrativo y las retenciones de cargo de carrera del personal fi scal nombrado en la presente resolución, conforme la normativa vigente para dicha materia. Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Apurímac, Arequipa, Callao, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima Centro, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Puno, San Martín y Tumbes, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Coordinación del Despacho de la Fiscalía de la Nación, ante la Sección de Asuntos para Narcóticos (NAS) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfi co Ilícito de drogas y delitos conexos, y Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2274159-1 Prorrogan vigencia de nombramiento de Fiscal Adjunto Provincial Provisional de Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 828-2024-MP-FN Lima, 26 de marzo de 2024VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 167-2024-MP-FN-FEDCFP, cursado por la doctora Delia Milagros Espinoza Valenzuela, Fiscal Suprema Titular, designada en el Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, mediante el cual, solicita la prórroga de nombramiento, designación y/o destaque del personal fi scal que presta funciones en el Despacho Supremo a su cargo. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, prorrogar el nombramiento, designación y destaque del personal fi scal mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir del 01 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo que un