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63 NORMAS LEGALES Sábado 4 de mayo de 2024 El Peruano / concluye que la ampliación del plazo de aprobación y presentación del Planefa de 2025 al 31 de julio de 2024 es concordante y consecutiva con los plazo de los hitos establecidos en las etapas de Programación y Formulación Multianual de Gastos, determinado en las directivas de programación multianual que dicta la DGPP-MEF; y; que es necesario requerir información a las EFA sobre el POI multianual y la APM, a fi n de examinar cómo las EFA dan cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5º de los Lineamientos del Planefa, el cual señala que las actividades plani fi cadas en el Planefa se incluyen en el POI durante el año anterior a su ejecución, para asegurar el fi nanciamiento de las acciones y metas programadas; Que, en virtud al Numeral 18 del Inciso 28.1 del Artículo 28º del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, la presente mejora regulatoria se considera excluida del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, por el objeto de la regulación propuesta, la cual consiste en la ampliación del plazo de aprobación del Planefa 2025 por parte de las EFA, con la fi nalidad de facilitar la articulación entre las actividades de fi scalización ambiental programadas en los Planefa, POI y programas presupuestales de las EFA; Que, mediante Acuerdo Nº 004-2024, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 007-2024 del Consejo Directivo realizada el 30 de abril de 2024, se acordó por unanimidad aprobar la ampliación del plazo para la aprobación de los Planefa a cargo de las EFA correspondientes al año 2025, hasta el 31 de julio de 2024; y, disponer, que en ejercicio de la función de seguimiento a las EFA, el OEFA puede requerir información a las EFA sobre el POI Multianual 2025-2027; y, la APM para el año 2025; Contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Subdirección de Seguimiento de Entidades de Fiscalización Ambiental y de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales g) y n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 31 de julio de 2024 el plazo para la aprobación de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Planefa) a cargo de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), correspondientes al año 2025, debiendo ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las funciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de plani fi cación y presupuesto; y, aprobado mediante resolución del titular de la entidad, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Planefa, aprobados por Resolución del Consejo Directivo Nº 004- 2019-OEFA/CD. Artículo 2º.- En ejercicio de la función de seguimiento a las EFA, el OEFA puede requerir, considerando los plazos previstos en la normativa de programación multianual, la presentación de la siguiente información: 2.1. La programación de actividades en fi scalización ambiental articulada con el POI Multianual 2025-2027; y,2.2. La programación de actividades en fi scalización ambiental considerando la Asignación del Presupuesto Multianual (APM) para el año 2025. Artículo 3º.- Publicidad3.1. Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (https://www.gob.pe/oefa) en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. 3.2. Disponer que la O fi cina de Relaciones Institucionales y Atención a la Ciudadanía publique la presente Resolución y la Exposición de Motivos en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.gob.pe/oefa) en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN EDGARDO NARCISO CHÁVEZ Presidente del Consejo Directivo 2285263-1 ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdo adoptado sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 001-2024/005-FONAFE Mediante Acuerdo de Directorio Nº001-2024/005- FONAFE adoptado en la Sesión No Presencial Nº005-2024 celebrada el 29 de abril – 1 de mayo de 2024, se acordó lo siguiente: Nombrar como miembros y presidente de directorio a las siguientes personas: Nº NOMBRE Y APELLIDOS EMPRESA CARGO SECTOR 1JORGE RICARDO GHERSI BELAÚNDEENAPU DIRECTOR MTC 2 JOSÉ LUIS BARRIOS ESPINOSA CORPAC PRESIDENTE MTC3ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉNCORPAC DIRECTORA MEF 4JESSICA MARÍA VIRGINIA GONZALES VILDOSOENAPU DIRECTORA MEF 5SANTIAGO FRANCISCO ROCA TAVELLASEDAPAL DIRECTOR MVCS Lima, 2 de mayo de 2024 ALFONSO JESÚS GARCÉS MANYARI Director Ejecutivo 2285238-1