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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2024 (31/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2024 El Peruano / Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2292584-1 Autorizan viaje de analista de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú para participar en evento a realizarse en la República Francesa RESOLUCIÓN SBS N° 01989-2024 Lima, 29 de mayo de 2024 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido la invitación de Egmont Group Secretariat para participar en el Best Egmont Case Award (BECA) Workshop, en el marco de la 30° Sesión Plenaria del Grupo Egmont, que se realizará del 05 al 06 de junio de 2024 en la ciudad de París, República Francesa; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; que los temas que se desarrollarán en el referido evento redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF- Perú), es miembro activo del Grupo Egmont desde su ingreso en junio de 2005 y participa activamente en sus Grupos de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 04273-2023 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2024; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Lorena Carolina Terrones Mejía, Analista Operativo de Casos I del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, del 03 al 08 de junio de 2024 a la ciudad de París, República Francesa, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2024, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 2 082,41 Viáticos US$ 2 160,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2293287-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Ordenanza Regional que promueve la incorporación del enfoque intercultural; el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas indígenas u originarias, así como la promoción de la diversidad cultural para la prevención y sanción del racismo y la discriminación étnico-racial, así como la promoción de derechos del pueblo afroperuano en la región Amazonas CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 002-2024-GRA/CR “APROBAR LA INCORPORACIÓN DEL ENFOQUE INTERCULTURAL; EL USO, PRESERVACIÓN, DESARROLLO, RECUPERACIÓN, FOMENTO Y DIFUSIÓN DE LAS LENGUAS INDÍGENAS U ORIGINARIAS, ASÍ COMO LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN ÉTNICO-RACIAL, ASÍ COMO LA PROMOCIÓN DE DERECHOS DEL PUEBLO AFROPERUANO EN LA REGIÓN AMAZONAS” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización-Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización-Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867 y su modi fi catoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y; VISTO: El Dictamen N° 001-2024-G.R. AMAZONAS/CONALyD- CR, de fecha 23 de enero de 2024, suscrito por los miembros de la Comisión Ordinaria de Constitución de Normas, Asuntos Legales y Descentralización del Consejo Regional, mediante el cual proponen al Pleno del Consejo Regional: “APROBAR LA INCORPORACIÓN DEL ENFOQUE INTERCULTURAL; EL USO, PRESERVACIÓN, DESARROLLO, RECUPERACIÓN, FOMENTO Y DIFUSIÓN DE LAS LENGUAS INDÍGENAS U ORIGINARIAS, ASÍ COMO LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN ÉTNICO-RACIAL, ASÍ COMO LA PROMOCIÓN DE DERECHOS DEL PUEBLO AFROPERUANO EN LA REGIÓN AMAZONAS, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867,