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74 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2024 El Peruano / Informe Nº 197-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, de fecha 9 de noviembre de 2024, de la O fi cina General de Potencial Humano; el O fi cio Nº 1367 -2024-MP-FN-GG, de fecha 11 de noviembre de 2024, de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO: El artículo 158 de la Constitución Política del Perú señala que el Ministerio Público es un organismo autónomo y que el Fiscal de la Nación lo preside. En el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio Público - Fiscalía de la Nación, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 065-2022-MP-FN, de fecha 24 de enero de 2022, se evidencia la existencia de la plaza de con fi anza de secretario general de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación (Plaza AIRHSP Nº 012994). Mediante el O fi cio Nº 2-2024-MP-FN, de fecha 8 de noviembre de 2024, el Despacho de la Fiscalía de la Nación propone la designación de la señora Ana María Velarde Roa, en el cargo de con fi anza de secretaria general de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación (Plaza AIRHSP Nº 012994); y, en virtud a ello, a través del Informe Nº 197-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, de fecha 9 de noviembre de 2024, la O fi cina General de Potencial Humano luego de evaluar el per fi l de la señora Ana María Velarde Roa, concluye que sí cumple con los requisitos para ocupar el mencionado cargo de confi anza. Por convenir al servicio, resulta necesario designar a la señora Ana María Velarde Roa, en el cargo de confi anza de secretario general de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación (Plaza AIRHSP Nº 012994). Es facultad del Titular del Ministerio Público designar a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza, al amparo de lo señalado en el inciso l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 del Ministerio Público, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, y sus modi fi catorias. Contando con los vistos de la Gerencia General, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina General de Potencial Humano. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Ana María Velarde Roa, en el cargo de con fi anza de secretaria general de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación (Plaza AIRHSP Nº 012994). Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de la señora Ana María Velarde Roa, según corresponda, que deberá presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas, así como la Declaración Jurada de Intereses en las oportunidades establecidas por la Ley Nº 27482, que regula la publicación de la Declaración Jurada de los funcionarios y servidores públicos del Estado, y la Ley Nº 31227, que trans fi ere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer control, fi scalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina de Imagen Institucional, O fi cina General de Tecnologías de la Información, O fi cina General de Potencial Humano y a la interesada, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2343197-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Otorgan a Electro Dunas S .A.A. autorización de Operación de Central Térmica “Nasca” de 9.9 MW, ubicado en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 010-2024- GORE.ICA-GRDE/DREM-AE Ica, 18 de setiembre de 2024VISTOS:El Registro Nº 059268 del 09 de julio de 2024 presentado por la empresa Electro Dunas S.A.A. RUC Nº 20106156400 e inscrito en la Partida Registral Nº 11000604 del Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP, sede Ica, debidamente representado por el señor Jorge Alejandro Santivañez Seminario, identi fi cado con el DNI Nº 40228229; mediante el cual solicitó la Segunda Modi fi cación de la Autorización de Generación de la Central Térmica Nasca de 9.9 MW; y, el O fi cio N° 2428-2024-GORE.ICA/GRDE-DREM, de 28 de agosto de 2024 y Informe Técnico Legal Nº 027-2024-GORE.ICA- GRDE/DREM-AT/MACR-MGCR; del 17 de setiembre de 2024; elaborados por la Dirección Regional de Energía y Minas de Ica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/DM, han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG). Que, la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado con Decreto Ley Nº 25844, modi fi cado por Decreto Ley Nº 1221, (en adelante, LCE). Que, el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 018-2016-EM, (en adelante, RLCE). Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural (en adelante, LGER). Que, el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, Reglamento Ley General de Electri fi cación Rural (en adelante, RLGER) El otorgamiento de Concesión De fi nitiva o Autorización para desarrollar la actividad de generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, se encuentra regulado en las disposiciones contenidas en el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado con Decreto Ley Nº 25844, modi fi cado por Decreto Ley Nº 12211; El artículo 29 del RLCE señala que las solicitudes de concesión temporal y de fi nitiva, autorizaciones y oposiciones que se produzcan, se deben presentar a la DGE y los GORES, según corresponda, siguiendo los procedimientos administrativos establecidos por