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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2024 El Peruano / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Subofi cial 2do EP Berty Luis LLAMOCA GARIBAY, identifi cado con DNI N° 47265795 y CIP N° 334368500, para que participe en el curso de “Caída Libre”, a realizarse en el Centro de Instrucción Paracaidista General Penha Brasil, ubicado en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 25 de noviembre al 13 de diciembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 23 de noviembre y su retorno el 15 de diciembre de 2024. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente concepto: Pasajes aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima clase económica US$ 2,000.00 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 2,000.00 Total a pagar: US$ 2,000.00 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación del personal. Artículo 4.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2346104-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Conforman el Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y aprueban su reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000169-2024- MIDIS San Isidro, 20 de noviembre del 2024 VISTOS: El Informe N° D000326-2024-MIDIS-OPI de la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones; el Informe N° D000234- 2024-MIDIS-OM de la Ofi cina de Modernización, el Informe N° D000444-2024-MIDIS-OGPPM de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° D000493-2024-MIDIS-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se creó el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, a través del Decreto Supremo N° 284-2018-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, el párrafo 45.2 del artículo 45 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado con Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, establece que el Órgano Resolutivo del Sector, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales conforma un comité de seguimiento de inversiones encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de la entidad. Asimismo, dicho comité se conforma con las Unidades Ejecutoras de Inversiones y otros órganos o dependencias de cada entidad a fi n de que brinden la información sobre el avance de la ejecución de las referidas inversiones con una periodicidad mensual; Que, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS, “ el Despacho Ministerial está a cargo del/ de la Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social, quien es la máxima autoridad política del sector Desarrollo e Inclusión Social, ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal y representa al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”. Asimismo , literal c del artículo 8 señala que es función del despacho ministerial “ Ejercer la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” ; Que, con Resolución Ministerial N° 139-2019-MIDIS, se conformó el Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante el Decreto Supremo N° 074- 2023-EF, se modifica diversas disposiciones del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, como la modificación del numeral 6 del párrafo 9.3 del artículo 9, referido a la función del Órgano Resolutivo del Sector sobre el seguimiento de las inversiones en la fase de ejecución, la conformación y presidencia del Comité de Seguimiento de Inversiones; Que, mediante Informe N° D000326-2024-MIDIS- OPI, la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustenta y propone la actualización de la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la normatividad vigente que rige el Sistema Nacional de Programación Multinacional y Gestión de Inversiones; asimismo, propone la aprobación del Reglamento para el funcionamiento del referido Comité. Del mismo modo, mediante Informe N° D000234-2024-MIDIS-OM, la Ofi cina de Modernización considera viable la emisión de la Resolución Ministerial conforme a lo sustentado por la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones; Que, en ese sentido, mediante Informe N° D000444- 2024-MIDIS-OGPPM, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone la actualización de la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la aprobación de su Reglamento; Que, mediante Informe N° D000493-2024-MIDIS- OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera