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17 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2024 El Peruano / jurídicamente viable la emisión de la Resolución Ministerial conforme a lo sustentado por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Con los vistos de la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones, de la Ofi cina de Modernización, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, y modifi catorias; la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Directiva N° 001- 2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformación de Comité de Seguimiento 1.1 Conformar el Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual rige desde la fecha de emisión de la presente Resolución, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: PRESIDENTE: El (la) Ministro (a) de Desarrollo e Inclusión Social o su representante. SECRETARIO TÉCNICO: El (la) Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI MIEMBROS: El (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Los (las) Directores (as) Ejecutivos de los Programas Nacionales Los (las) Jefes (as) de las Unidades de Administración de los Programas Nacionales Los (las) Jefes (as) de las Unidades de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de los Programas Nacionales Los (las) Responsables de la Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Desarrollo e Inclusión Social 1.2 Designar al (a la) Secretario (a) General del MIDIS para que actúe en representación del (de la) Ministro (a) de Desarrollo e Inclusión Social como Presidente del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Aprobación de Reglamento Aprobar el Reglamento del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que consta de dieciséis (16) artículos y una (1) disposición complementaria, el cual es parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial N° 139-2019-MIDIS, que aprobó la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Artículo 4.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución a los integrantes del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis). Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2346245-1 Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D00002-2024- OFIS-PE San Isidro, 19 de noviembre de 2024VISTOS:El Informe N° D0000239-2024-MIDIS-OM, emitido por la Ofi cina de Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000452-2024-MIDIS-OGPPM, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Informe N° D000503-2024-MIDIS-OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, mediante Ley Nº 29792 se aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica, como organismo rector en las políticas nacionales y sectoriales de desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social, así como de protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono; Que, según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público, con competencias de alcance nacional y están adscritos a un Ministerio; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1612, Decreto Legislativo que fortalece el Sistema Nacional de Focalización mediante la creación del organismo técnico especializado denominado Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) y dicta otras medidas complementarias, se establece que dicho Organismo está adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) y se encuentra a cargo del Sistema Nacional de Focalización; Que, el cuarto párrafo de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1612 dispone que, en tanto culmine el proceso de transferencia de la Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS) del MIDIS al Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), la DGFIS continúa operando y funcionando conforme a la normatividad vigente; para cuyo efecto, mediante la Resolución Ministerial N° D000136-2024-MIDIS se conformó la Comisión de Transferencia, debiendo culminar sus funciones en un plazo no mayor al 31 de diciembre de 2024;