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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2024 El Peruano / el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Normativa aplicable a proyectos de drenaje pluvial en trámite Los proyectos de drenaje pluvial que, a la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial, cuenten con expediente técnico aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), y/o que respecto de los cuales se haya iniciado el procedimiento ante la municipalidad competente, se rigen hasta su culminación con la Norma Técnica anterior; salvo que el titular del proyecto, bajo responsabilidad, decida acogerse a lo dispuesto en la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBU RY T ALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2345758-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Designan Asesor de Jefatura del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00058-2024- OSINFOR /01.1 Lima, 18 de noviembre de 2024 VISTOS: El Informe N° 00135-2024-OSINFOR/05.2.1 emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; el Proveído N° 0164-2024-OSINFOR/05.2, emitido por la Ofi cina de Administración, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00035-2024-SERVIR-PE, de fecha 4 de marzo de 2024, se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, en el cual se detalla, entre otros, el puesto de Asesor de Jefatura, perteneciente al grupo de servidores civiles, bajo la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y que es un puesto de confi anza; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifi can en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confi anza; Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de confi anza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confi anza por parte de la persona que lo designó. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; debiendo cumplir con el perfi l del puesto en función de formación, conocimientos y experiencia y no están sujetos a período de prueba, conforme lo prevén los artículos 178 y 263 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, asimismo, el artículo 79 de la acotada Ley establece que el vínculo entre los servidores de confi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confi anza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad; Que, la Unidad de Gestión del Talento Humano, en el marco de sus funciones, mediante el Informe N° 00135-2024-OSINFOR/05.2.1, de fecha 18 de noviembre de 2024, sustenta que el señor César Augusto Loli Huerta, propuesto para ocupar el cargo de confi anza denominado Asesor de Jefatura, bajo el régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, cumple con los requisitos mínimos del correspondiente perfi l de puesto, concluyendo que puede realizarse su designación para ocupar el referido cargo; Que, el literal h) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, aprobado por Resolución de Jefatura N° 00003-2023-OSINFOR/01.1, establece que el Jefe del OSINFOR tiene la función de designar y remover a los servidores civiles de confi anza, y aprobar las designaciones y remociones de los cargos directivos, de conformidad con la normativa vigente; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, en uso de la atribución conferida por el literal h) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, aprobado por Resolución de Jefatura N° 00003-2023-OSINFOR/01.1; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 19 de noviembre de 2024, al señor César Augusto Loli Huerta en el puesto de confi anza de Asesor de Jefatura del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, perteneciente al grupo de Servidores de Actividades Complementarias, bajo el régimen de la Ley de Servicio Civil. Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Gestión del Talento Humano de la Ofi cina de Administración, la elaboración del contrato vinculado a la designación efectuada en el artículo precedente y su correspondiente suscripción. Artículo 3.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución al señor César Augusto Loli Huerta. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (www.gob.pe/osinfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. WILLIAMS ARELLANO OLANO Jefe 2345784-1