Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2024 El Peruano / Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2346199-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Formalizan aceptación de renuncia al cargo de Vocal Alterna de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, ante el Consejo Directivo de la SUNAFIL; y declaran la vacancia del cargo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2024-TR Lima, 20 de noviembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico socio laboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, los artículos 7 y 15 de la acotada ley establecen que la SUNAFIL, para el cumplimiento de sus fi nes, cuenta en su estructura orgánica básica con el Tribunal de Fiscalización Laboral como órgano resolutivo con independencia técnica para resolver en las materias de sus competencias, siendo la última instancia administrativa en los casos que son sometidos a su conocimiento, mediante la interposición del recurso de revisión, el cual está integrado por tres vocales designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, los cuales son elegidos mediante concurso público; Que, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-TR, el Tribunal está conformado por el Presidente del Tribunal, por los Vocales de todas las Salas, la Secretaría Técnica y las Salas; Que, el artículo 6 del precitado Reglamento establece que las Salas del Tribunal de Fiscalización Laboral se conforman por tres Vocales designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, por el periodo de tres años, renovables por un año adicional; conforme a los resultados del concurso; asimismo, se dispone que los Vocales deben permanecer en el cargo hasta que los nuevos Vocales hayan sido designados; Que, el literal c) del artículo 17 de la Ley N° 29981, concordante con el literal c) del artículo 10 del Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-TR, establece que la renuncia aceptada por el Consejo Directivo de la SUNAFIL es causal de vacancia del cargo de Vocal del Tribunal de Fiscalización Laboral, siendo que, a través de la correspondiente resolución suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, se formaliza la vacancia, previo informe del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; Que, mediante la Resolución Suprema N° 002-2021- TR se designa, entre otros, a la señora KATTY ANGELICA CABALLERO SEGA, como Vocal Alterna de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL, por el período de tres (3) años, contados desde la fecha de instalación de la Sala; Que, a través de la carta de fecha 3 de setiembre de 2024, la señora KATTY ANGELICA CABALLERO SEGA presenta su renuncia al cargo de Vocal Alterna de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL, por motivos personales y profesionales; Que, a través del Informe-000002-2024-SUNAFIL/CD, la Presidente del Consejo Directivo de la SUNAFIL señala que mediante el Acuerdo N° 7-15-2024-SUNAFIL/CD, adoptado en la Décimo Quinta Sesión Ordinaria de fecha 17 de septiembre de 2024, el Consejo Directivo acuerda aceptar la renuncia formulada por la señora KATTY ANGELICA CABALLERO SEGA, así como aprobar la declaración de vacancia del cargo de Vocal Alterna de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL; por lo que, corresponde formalizar dicha renuncia y declarar la vacancia del cargo de Vocal Alterna de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), modifi ca la Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y, el Decreto Supremo N° 004-2017-TR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la aceptación de renuncia formulada por la señora KATTY ANGELICA CABALLERO SEGA al cargo de Vocal Alterna de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Declarar la vacancia del cargo de Vocal Alterno de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, en razón a la renuncia aceptada según el artículo 1 de la presente Resolución Suprema. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2346262-5 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2024-TR Mediante Ofi cio N° 002131-2024-MTPE/4, la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 179-2024-TR, publicada en la edición del día 19 de noviembre de 2024.