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19 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2024 El Peruano / de Planifi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01576-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal f) del artículo 21 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación (en adelante, Ley N° 28044), modifi cado por el artículo 6 de la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública; el Estado tiene, entre otras funciones, garantizar la obligatoriedad de la enseñanza de la educación física y de la práctica del deporte, incluyendo la recreación, dentro de los diversos estamentos de la educación básica del país, así como orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas con la fi nalidad de prevenir situaciones de riesgo de los estudiantes; Que, de conformidad con el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, el Ministerio de Educación tiene entre sus funciones, defi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 1 de la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública (en adelante, Ley N° 30432), declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la promoción de la educación física y la práctica del deporte en el país, con la fi nalidad de fomentar los niveles de salud adecuados en la población, disminuir la incidencia de enfermedades crónicas entre los niños adolescentes y jóvenes, así como combatir el sedentarismo y la obesidad; Que, el artículo 7 de la Ley N° 30432 establece que, durante la implementación de la citada Ley, se desarrollará el proceso de conversión de plazas eventuales de profesores de educación física a plazas orgánicas en las horas curriculares de educación física, considerando previamente la identifi cación explícita de los recursos fi nancieros para el pago de las remuneraciones de los docentes de Educación Física, la misma que se inicia en el proceso de nombramiento para el año 2023; Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 30432, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2023-MINEDU (en adelante, Reglamento), dispone que: (i) la programación de recursos para el fi nanciamiento de plazas de profesores de educación física se realiza en el marco de la normatividad presupuestaria vigente y la dotación de plazas se da de acuerdo a la disponibilidad presupuestal; y (ii) la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas se desarrolla de manera progresiva, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y la Ley N° 30432; para lo cual la Dirección de Educación Física y Deporte en coordinación con los órganos y unidades orgánicas correspondientes del Ministerio de Educación emiten las normas complementarias que correspondan, considerando previamente la identifi cación explícita de los recursos fi nancieros para el pago de los conceptos remunerativos de los docentes de Educación Física y las normas vigentes para tal caso; Que, en atención a las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00695-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deporte, a través del cual propone y sustenta la necesidad de aprobar las Disposiciones para la implementación progresiva de la conversión de plazas eventuales de profesores de Educación Física a plazas orgánicas para el Año Fiscal 2024, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30432 y su Reglamento; Que, mediante el Informe N° 02246-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, emitió opinión favorable; señalando que la propuesta se encuentra alineada con los instrumentos de planifi cación estratégica e institucional del Sector Educación, y desde el punto de vista presupuestal, no genera impacto en la normatividad presupuestaria vigente ni demanda recursos adicionales en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación; Que, a través del Informe N° 01576-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto de la propuesta; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública; el Reglamento de la Ley N° 30432, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2023-MINEDU y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Disposiciones para la implementación progresiva de la conversión de plazas eventuales de profesores de Educación Física a plazas orgánicas para el Año Fiscal 2024, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública y el Reglamento de la Ley N° 30432, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2023-MINEDU, las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2346163-1 INTERIOR Designan Director de la Dirección de Prevención y Gestión de Conflictos Sociales de la Dirección General de Orden Público del Despacho Viceministerial de Orden Interno RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1426-2024-IN Lima, 20 de noviembre de 2024CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Prevención y Gestión de Confl ictos Sociales de la Dirección General de Orden Público del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MAX ALCIDES TRUJILLO HERRERA en el cargo de Director de la