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44 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / abogado que sale hoy a las 5 de la tarde” , a lo que el investigado responde: “Si amiga. Te llamo estás”. El día veintidós de marzo de dos mil dieciocho, en otro mensaje de texto, continua la conversación entre ambos y la señora Ochoa Mejía le escribe: “Hemerson no hay saldo. Voy a ponerme” , a lo que el investigado Bustamante Guerra le escribe: “Te llamo” y la señora Ochoa Mejía contesta: “Ok. Hemerson m canse tu llamada. De esperar” . En razón a ello, el día veintiséis de marzo de dos mil dieciocho, la señora Ochoa Mejía a través de los mensajes de texto le indica al señor Ramos Pisconte lo siguiente: “Hola Pedrito” , contestándole “Hola amiga q haciendo” y Ochoa Mejía contesta: “Y si me llamas por tu bien para conversar. Quieres te haga una denuncia. Con todo las evidencias y grabaciones que tengo. Y ese tal Emerson, Iré a la Corte. Así q me dices cuál fue tu objetivo. (…)” . Los mensajes descritos junto con las declaraciones presentadas en los puntos i) y ii) de este considerando, permiten establecer que fue el señor Ramos Pisconte quien presentó a la señora Ochoa Mejía al investigado Desiderio Emerson Bustamante Guerra, a fi n que éste supuestamente interceda ante los jueces superiores, para lograr la libertad del procesado Gerardo Moreyra Tornero, a quien en primera instancia le impusieron la medida coercitiva de prisión preventiva por el plazo de nueve meses. Asimismo, evidencian el trato que el investigado tenía hacia la señora Llanira Orietta Ochoa Mejía, al referirse a ella como “amiga”, a pesar que el investigado se encontraba tramitando el incidente de prisión preventiva contra su esposo, el detenido Moreyra Tornero. También, se debe precisar que la insistencia con la que la esposa del procesado trataba de comunicarse con el investigado, era precisamente para obtener información sobre el referido incidente de prisión preventiva. v) Declaración testimonial del abogado Rolando Palomino Mora de fecha veinticuatro de abril de dos mil diecinueve, de fojas cuatrocientos setenta y seis a cuatrocientos setenta y ocho, brindada ante el despacho de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, en la cual, entre otros, señala lo siguiente: “Si lo conozco [a Desiderio Emerson Bustamante Guerra] desde hace buen tiempo a consecuencia del ejercicio privado de la profesión, desde que se desempeñaba como secretario de juzgado y como secretario de la Sala Civil como Penal de este Distrito Judicial, no teniendo vínculo de amistad, únicamente a razón de la interactuación que hacemos como abogado en el Distrito Judicial de Huancavelica”. Ante la pregunta si conoce a la señora Llanira Orietta Ochoa Mejía señala: “Como nombre el nombre que se me proporciona no recuerdo reconocerla” . Ante la pregunta si se reunió con el servidor judicial investigado y la señora Ochoa Mejía, en una cafetería de Huancavelica, indica: “Por el nombre vuelvo a insistir de quien se trata y no me reuní con el secretario Bustamante Guerra en una cafetería de esta ciudad, por la persona que se me pregunta es la misma que es esposa del señor Gerardo Moreyra Tornero, con la aludida persona que no recuerdo su nombre y con una persona mayor de sexo femenino, no recuerdo la fecha pero fue un día sábado o domingo que recibí la llamada de una persona de sexo femenino adulta, precisando que habían llegado de la ciudad de Chincha a Huancavelica para que asuma la defensa del señor Gerardo Moreyra Tornero al haber sido éste internado en el penal por mandato de una prisión preventiva por la presunta comisión del delito de la libertad sexual en agravio de una profesional médico del centro de salud de Castrovirreyna; que no recuerdo su nombre; como era un día sábado o domingo no recuerdo y tratándose de una urgencia jurídica, le dije a la señora que nos encontraríamos a la altura de la plaza de armas en una media hora para de fi nir o coordinar mi concurso profesional; en efecto me encontré con la persona mayor que estaba acompañada de una señorita de una edad aproximada de 28 a 30 años, la señora adulta se identi fi có como madre del detenido y la señorita como esposa del mismo, recuerdo haber ingresado a una cafetería de la plaza de armas, me comentaron el caso, accedí a asumir la defensa a nivel de segunda instancia en esta ciudad, …”. Ante la pregunta si el señor Desiderio Emerson Bustamante Guerra le presentó a la señora Llanira Orietta Ochoa Mejía en una cafetería de Huancavelica, dijo: “Que yo recuerde sobre el caso en cuestión, tuve la reunión con estas dos personas ya referidas a consecuencia de una llamada que me hizo la madre del investigado, no recuerdo que el doctor Bustamante Guerra, me haya presentado a las personas precitadas ni en este caso ni en otros casos que mi estudio de abogados patrocina”. 7.7. De lo anteriormente descrito, se concluye en lo siguiente: 7.7.1. El servidor judicial Pedro Jesús Ramos Pisconte, secretario judicial del Juzgado Mixto de Castrovirreyna, invocando tener una amistad y ser colega del Poder Judicial, presentó al servidor judicial investigado Desiderio Emerson Bustamante Guerra, especialista judicial de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Huancavelica, Distrito Judicial de Huancavelica, a la señora Llanira Orietta Ochoa Mejía, esposa del procesado Gerardo Moreyra Tornero, a fi n que -supuestamente- interceda ante los jueces superiores, para que favorezcan con su voto y logre la libertad del detenido, a quien en primera instancia le impusieron la medida coercitiva de prisión preventiva de nueve meses, que luego la Sala de Apelaciones revocó y redujo a cinco meses. 7.7.2. Resulta factible que haya sido el investigado Bustamante Guerra quien presentó al abogado Rolando Palomino Mora a la señora Llanira Orietta Ochoa Mejía, en una cafetería de la ciudad de Huancavelica, tal como indicó esta última en su declaración ante la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huancavelica y ante la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigación y Visitas de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica el día ocho de agosto de dos mil dieciocho, de fojas doscientos cuarenta y uno a doscientos cuarenta y tres. Ello en virtud a que si bien el investigado niega haberle presentado al mencionado abogado y este último indica no recordar que haya sido así, lo cierto es que la señora Ochoa Mejía, previo a la audiencia de apelación de prisión preventiva, no conocía al referido letrado y dado que en la conversación entre Ramos Pisconte y la señora Margarita Moreyra Tornero de Jacobo se tiene que el primero de los nombrados fue quien le recomendó al investigado Bustamante Guerra y que cambien de abogado, aunado a que Ramos Pisconte en una conversación con Villar Ñañez le indica que “Emerson” se había comprometido a darle una mano con el tema de apelación en Huancavelica, siendo que el abogado Palomino Mora habría cobrado un monto que no especi fi ca en la conversación, es posible a fi rmar que el investigado Desiderio Emerson Bustamante Guerra fue quien presentó al aludido letrado, llegando a concretarse la reunión en una cafetería de la ciudad de Huancavelica, tal como lo menciona tanto la señora Ochoa Mejía como el abogado Palomino Mora en sus declaraciones. 7.8. De los actuados se tienen las reiteradas comunicaciones entre el investigado Bustamante Guerra y la señora Ochoa Mejía, tanto los días previos, el mismo día y días posteriores a la audiencia de apelación de prisión preventiva de fecha diecinueve de marzo de dos mil dieciocho. El día ocho de marzo de dos mil dieciocho hubo dos llamadas entrantes al celular del investigado por parte de la señora Ochoa Mejía; el día de la audiencia dos llamadas; mientras que los días veintiuno, veintidós y veintitrés de marzo, así como el cuatro de abril de dos mil dieciocho, la señora Ochoa Mejía realizó cinco llamadas al celular del investigado, las cuales duraron entre tres a trece minutos. Al respecto, el investigado no niega haberse comunicado con la señora Llanira Orietta Ochoa Mejía; sin embargo, mani fi esta que era para explicarle el trámite que se le da al expediente y el estado en que se encuentra el proceso, pero lo señalado por el servidor judicial investigado no tiene asidero; máxime si éste como se corrobora en un mensaje de texto enviado vía WhatsApp a la señora Ochoa Mejía, se re fi ere a ésta como “amiga”, lo que demuestra que ya había una comunicación continua entre ellos, al punto de llegar a establecerse una