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47 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / Cuarto.- Del procedimiento administrativo disciplinario y cargos atribuidos al investigado. 4.1. Mediante acta levantada con fecha nueve de enero de dos mil diecinueve, de fojas uno a cuatro, el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, juez superior José Manuel Romero Viena, y la asistente de la citada o fi cina desconcentrada de control, se apersonaron al local de la Sede Las Flores en el Distrito de San Juan de Lurigancho, en mérito a la llamada telefónica realizada por al administrador de dicha sede, señor Juan Jaime Cusiramos Coba, debido a que habría intervenido al servidor judicial Arturo Darvin Flores Villalva por estar asesorando al señor Queslin Pascual Salazar Rosa, quien se encontraba detenido en la carceleta de la sede judicial Las Flores. 4.2. Por resolución número uno, de fecha diez de enero de dos mil diecinueve, de fojas treinta y uno a treinta y tres, el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, dispuso abrir procedimiento administrativo disciplinario contra el servidor judicial Arturo Darvin Flores Villalva, en su actuación como secretario judicial del Segundo Juzgado Penal de Ate, Distrito Judicial de Lima Este, atribuyéndole el siguiente cargo: “… habría incurrido en falta al ejercer injusti fi cadamente labores ajenas con su función fuera de su sede de trabajo, ejerciendo defensa y/o asesoría pública, así como ausentarse en su centro de labores sin solicitar a su magistrado boleta de permiso, aunado a las contradicciones en que recayó al señalar que el detenido “Queslin Pascual Salazar Rosado” se trataba de un familiar, para luego señalar que se trataba de un amigo; por lo que, la (…) conducta irregular del servidor Arturo Darwin [el segundo nombre correcto es Darvin, como consta de la fi cha RENIEC de fojas treinta y cuatro] Flores Villalva en su actuación como secretario judicial del Segundo Juzgado Penal de Ate, (…), quien habría incumplido con su obligación conforme lo previsto en el numeral 2) del artículo 266° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “2. Cumplir estrictamente el horario establecido …”, siendo prohibiciones del trabajador, conforme lo señalan los incisos c) y h) del artículo 43° del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial (aprobado por Resolución Administrativa N° 010-2004-CE-PJ), “c) Ausentarse de su puesto de trabajo sin la autorización de su jefe inmediato superior” y “h) Desatender o suspender intempestivamente sus labores para atender asuntos particulares o ajenos a su labor”. Conducta irregular (…) subsumida como falta muy grave en los incisos 2) y 3) del artículo 10° del Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 227-2009-CE-PJ) “2. Ejercer la defensa o asesoría legal pública o privada, salvo en los casos exceptuados por ley”, “3. Actuar en un proceso o procedimiento a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo” . 4.3. Es de precisar, que la conducta disfuncional atribuida al servidor judicial investigado consistente en “… ausentarse en su centro de labores sin solicitar a su magistrado boleta de permiso, …” , no ha sido tipi fi cada en la resolución número uno del diez de enero de dos mil diecinueve, que abrió procedimiento administrativo disciplinario al investigado. Razón por la cual, el Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este no emitió pronunciamiento al respecto. 4.4. Por resolución número cuatro de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte, de fojas cincuenta y siete a sesenta y siete, el magistrado sustanciador de la Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este propone que se imponga al servidor judicial investigado la medida disciplinaria de suspensión de cuatro meses; propuesta que fue acogida por la Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, a través del Informe Final de fecha veintiséis de octubre de dos mil veintidós, de fojas setenta y cinco a ochenta y dos, elevándose los autos a la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, que se avocó al conocimiento del presente procedimiento administrativo disciplinario por resolución número siete del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, de fojas noventa y tres a noventa y cuatro. 4.5. Finalmente, a través de la resolución número ocho de fecha once de setiembre de dos mil veintitrés, de fojas cien a ciento nueve, la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial propone la destitución del servidor judicial Arturo Darvin Flores Villalva, en su actuación como secretario judicial del Segundo Juzgado Penal de Ate, Distrito Judicial de Lima Este; y, dispone la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial en su contra, hasta que se resuelva en de fi nitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente, extremo este último que se encuentra consentido. Quinto.- Análisis del caso. 5.1. Es objeto de análisis, la resolución número ocho del once de setiembre de dos mil veintitrés, expedida por la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, que propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la medida disciplinaria de destitución del señor Arturo Darvin Flores Villalva, en su actuación como secretario judicial del Segundo Juzgado Penal de Ate, Distrito Judicial de Lima Este. En ese sentido, corresponde evaluar concretamente los actuados en el presente procedimiento administrativo disciplinario, a fi n de determinar la existencia de responsabilidad o no del servidor judicial investigado, para lo cual, tenemos lo siguiente: 5.1.1. El Acta de fecha nueve de enero de dos mil diecinueve, de fojas uno a cuatro, levantada por el Jefe de la Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en el cual obra la declaración del investigado Arturo Darvin Flores Villalva, quien responde las siguientes preguntas: “4) PARA QUE DIGA: ¿A QUÉ HORA SU PERSONA SALIÓ DE SU CENTRO DE TRABAJO? Dijo: Salió a la 1:00 p.m.” (…) 8) PARA QUE DIGA: ¿SI PUEDE PRECISAR A DÓNDE SE DIRIGÍA SU PERSONA? Dijo: Venía a la sede Las Flores al INPE para preguntar sobre una devolución de un o fi cio de anulación de antecedentes penales, no recuerda el número de expediente, pero lo tiene en su celular, el cual dicho expediente está a cargo de otro secretario es el secretario WILLIAN GUERRA. Se deja constancia en este acto, que al servidor se le entrega el celular a fi n que proporcione el dato del expediente revisado el mismo: o fi cio N° 11414-2015-2JPP- ATE, proceso de Violación Sexual. 9) PARA QUE DIGA: ¿POR QUÉ MOTIVO SU PERSONA VIENE A PREGUNTAR POR EL EXPEDIENTE SI NO LO TRAMITA USTED? Dijo: que su anterior visita que vino dejó o fi cio, el señor Oscar del INPE le indicó que un o fi cio estaba observado, y es por ello, por el tema del inventario y aprovechando de la cercanía de mi casa vine a preguntar por ese o fi cio, pensando que si iba a regresar a su o fi cina después del trámite. 10) PARA QUE DIGA: ¿SI EL SECRETARIO WILLIAN GUERRA LE SOLICITÓ QUE AVERIGÜE SOBRE EL OFICIO N° 11414-2015-2JPP-ATE? Dijo: no me dijo de forma expresa, pero me señaló que haga seguimiento a los remitos, el día de ayer 08/01/2019. (…) 12) PARA QUE DIGA: ¿QUÉ MOTIVO LE DIO AL MAGISTRADO PARA QUE SALGA DEL JUZGADO? Dijo: