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17 NORMAS LEGALES Domingo 27 de octubre de 2024 El Peruano / declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos; Que, la e fi ciencia, establecida como uno de los pilares del principio de servicio al ciudadano, establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua; Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública, en los tres niveles de gobierno; Que, en esa línea mediante Resolución Nº 0040- 2024/SBN, de fecha 31de julio de 2024, se aprueba la actualización del “Plan de Gobierno Digital 2024-2026 de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales”, que establece a nivel institucional, como objetivos del gobierno digital: i) Sistematizar los procesos de la SBN mediante el uso de las TIC, ii) Digitalizar los Servicios Públicos que brinda la SBN., iii) Asegurar la implementación de una Infraestructura Tecnológica que soporte adecuadamente el proceso de transformación digital y iv) Asegurar la con fi dencialidad, integridad y disponibilidad de la información institucional; Que, el literal c) del artículo 30 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Resolución N° 0066-2022/SBN (en adelante “Texto Integrado”), señala que la O fi cina de Tecnologías de la Información es la encargada, de “Realizar el análisis, diseño, desarrollo, implementación, capacitación y mantenimiento de los sistemas de información de la SBN, base de datos espaciales, catastral, alfanuméricos y documental, sede digital y los servicios de intranet y extranet”; Que, en esa línea, conforme al artículo 46 del citado “Texto Integrado”, la Subdirección de Registro y Catastro, es la responsable de promover, administrar, ejecutar y controlar las actividades relativas al catastro nacional de los predios estatales, en sus dimensiones espacial, temporal y temática y conforme lo establece el artículo 53 de la misma norma, la Subdirección de Supervisión es la responsable de programar y ejecutar los procesos de supervisión sobre los predios estatales y de los actos que recaen sobre éstos, así como respecto del cumplimiento del debido procedimiento que ejecuten las entidades para la adecuada administración de dichos bienes, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, en esa línea, la Subdirección de Registro y Catastro, la Subdirección de Supervisión y la O fi cina de Tecnologías de la Información han emitido el Informe Conjunto N° 0001-2024/SBN-SDRC-SDS-OTI, sustentando la necesidad de poner a disposición de los ciudadanos el aplicativo denominado “ALERTA SBN”, desarrollado dentro del proceso de modernización del Estado y de mejora continua, que en su primera versión estará disponible a través del PLAYSTORE de GOOGLE para dispositivos con sistema operativo Android, y será implementado mediante un plan piloto en el ámbito de los distritos de Santa Rosa, Pucusana y Chancay, que permitirá a los ciudadanos: a) Buscar e identi fi car por medio de la geolocalización, si un predio pertenece al Estado y si es administrado por la SBN. b) Buscar e identi fi car por medio del CUS, si un predio pertenece al Estado y si es administrado por la SBN. y, c) Alertar a la SBN, sobre alguna invasión de un predio del Estado administrado por la SBN, el mismo que cuenta con la conformidad de la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal; Que, mediante Informe N° 00389-2024/SBN-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica veri fi ca que la propuesta para el funcionamiento del aplicativo denominado “ALERTA SBN” cumple con el sustento técnico correspondiente de la Ofi cina de Tecnologías de la Información con aportes de la Subdirección de Registro y Catastro y la Subdirección de Supervisión; optimizando la utilización de los recursos digitales disponibles, con la fi nalidad de mejorar la gestión institucional, en bene fi cio de la ciudadanía, emitiendo opinión legal favorable para emitir la Resolución del despacho de la Superintendencia que disponga la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado “ALERTA SBN”; Que, por las razones expuestas resulta oportuno y necesario emitir la respectiva resolución de Superintendencia que disponga la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado: “ALERTA SBN”; Con el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Tecnologías de la Información, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Subdirección de Registro y Catastro y la Subdirección de Supervisión; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer, la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado “ALERTA SBN”, el mismo que constituye una herramienta de acceso gratuito para los ciudadanos, que será implementado mediante un plan piloto en el ámbito de los distritos de Santa Rosa, Pucusana y Chancay. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información, se encargue de realizar las gestiones correspondientes para el funcionamiento del aplicativo “ALERTA SBN, y así implementarlo a nivel nacional. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional (www.sbn.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE Superintendente 2338346-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Formalizan la designación de Miembro de la Comisión de Derecho de Autor del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000142-2024-PRE/ INDECOPI San Borja, 25 de octubre de 2024 VISTOS: El Acuerdo N° 174-2024 del Consejo Directivo; el Informe N° 000768-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000603- 2024-OAJ/INDECOPI y el Memorándum N° 001810-2024- OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y el Informe N° 00229-2024-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; y