NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / artículo 72 concordante con los incisos 1, 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y de acuerdo a lo previsto en el artículo 62.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos. En virtud de este marco normativo, dirige la política interna de su Distrito Judicial, con sujeción a las disposiciones que establece la Constitución, Ley Orgánica del Poder Judicial, y demás disposiciones normativas de carácter administrativo impartidas por el máximo Órgano de Gobierno del Poder Judicial. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 00243- 2024-P-CSJUC-PJ de fecha 02 de mayo de 2024, en el artículo segundo se dispuso lo siguiente: DESIGNAR al Sr. RAÚL ESTEÑO VELA CARHUAS, Jefe de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, como Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Que, con O fi cio Nº 000963-2024-GAD-CSJUC-PJ de fecha 03 de julio de 2024, cursado por el Gerente de Administración Distrital –Dr. Jesús Gustavo Quintana Rojas-, quien señala que es necesario la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, por función recae al servidor Jeff erson Francisco Gonzales Isuiza, responsable del manejo del portal web de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-PCM establece que “Todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la presente Ley están sometidas al principio de publicidad. Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM señala que: “Las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, son las siguientes: (…) c. Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia ”; asimismo, el artículo 4º establece que: “(…) La designación del (…) funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativa.”, fi nalmente el artículo 9º de la norma incoada, establece las obligaciones del funcionario responsable del Portal de Transparencia. (Lo resaltado y subrayado es nuestro). Que, teniendo en cuenta lo antes señalado; y en ejercicio de las facultades de las que se encuentra imbuida esta Presidencia para realizar diversas acciones de administración interna, necesaria para el e fi ciente cumplimiento de la misión y objetivos de la institución, corresponde a esta Corte Superior de Justicia, dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 00243- 2024-PCSJUC-PJ de fecha 02 de mayo de 2024, y, designar como Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, al actual Jefe de Imagen Institucional de esta Corte. Que, estando a las facultades y atribuciones conferidas a este despacho Presidencial, de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 72 concordante con los incisos 1, 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 62.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO Resolución Administrativa Nº 00243-2024-P-CSJUC-PJ de fecha 02 de mayo de 2024. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor JEFFERSON FRANCISCO GONZALES ISUIZA, Jefe de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, como Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario O fi cial El Peruano, portal institucional de la Corte. Artículo Cuarto.- PONER a conocimiento la presente resolución de la Gerencia de Administración Distrital, e interesados. Regístrese, comuníquese y cúmplase.TULLIO D. BERMEO TURCHI PresidenteCorte Superior de Justicia de Ucayali 2326449-1 AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL Modifican el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 003-2024-JN-ANC-PJ Lima, 13 de setiembre de 2024.VISTOS: el Informe N° 0106-2024-OGACD-JN-ANC- PJ del 13 de setiembre de 2024, emitido por el magistrado contralor Luis Alejandro Lévano Vergara, Responsable de la O fi cina de Gestión y Asesoría de Control Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, mediante el cual, entre otros, recomienda se expida la resolución administrativa acogiendo el texto fi nal de las propuestas formuladas por la Comisión encargada de evaluar el Reglamento de Organización y Funciones y el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial sobre modi fi catorias, incorporación y derogatorias de articulados del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 002-2023-JN-ANC-PJ del 05 de octubre de 2023; CONSIDERANDO: Primero. Por Ley N° 30943, publicada el 08 de mayo de 2019, se crea la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, la que tiene a su cargo el control funcional de los jueces de todas las instancias y del personal auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, salvo el caso de los jueces supremos; control funcional que comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción, así como disponer medidas correctivas; contando para ello con autonomía administrativa, funcional y económica. Segundo. Conforme a lo previsto en los artículos 102° y 103° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modi fi cados por Ley N° 30943, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial tiene como órgano de dirección a la Jefatura Nacional, que ejerce sus funciones y atribuciones en todo el territorio nacional, de acuerdo a la indicada ley y su reglamento. Tercero. Por Resolución Administrativa N° 001-2023-JN-ANC-PJ del 05 de octubre de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; y por Resolución Administrativa N° 002-2023-JN-ANC-PJ del 05 de octubre de 2023, se aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas