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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (13/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 13 de abril de 2025 El Peruano / concurso convocado. De no cumplirse con dicha facturación mínima la propuesta será considerada no admitida. Cuando el postor sea un consorcio, para efectos de la acreditación de la facturación mínima del cincuenta (50%) antes señalada, se considera la sumatoria de los montos inscritos en el Registro correspondientes a cada integrante, siempre que ejecuten conjuntamente el objeto materia de la convocatoria según la promesa formal de consorcio. Para el caso de consorcios, las Bases Estandarizadas pueden establecer: i) un número máximo de consorciados en función a la naturaleza de la prestación, ii) un porcentaje mínimo de participación de cada consorciado, y/o iii) que el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia cumpla con un determinado porcentaje de participación. Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. Los integrantes del consorcio son responsables solidarios ante Osinergmin frente a cualquier acción u omisión que constituya un incumplimiento o genere algún tipo de responsabilidad; salvo que, por el contrato de consorcio o el contrato de supervisión, la responsabilidad pueda individualizarse. Sólo en el caso que las Bases establezcan que la experiencia del postor pueda validarse en ambos sectores, el SICOES fi ltrará las propuestas que cumplan el requisito de experiencia mínima para concursos, considerando la facturación conjunta de ambos sectores. 23.2 El Solicitante Precali fi cado debe incluir en su propuesta, 2 sobres que contengan lo siguiente: a) Sobre - Documentos administrativos:- Documento que acredita las facultades del representante del solicitante precali fi cado. La representación se acreditará con copia simple del documento registral vigente que consigne dicha condición. En el caso de consorcios, dicha acreditación se hará respecto del representante de cada integrante del consorcio, de ser el caso. - La promesa formal de consorcio con fi rmas legalizadas, en caso el postor sea un consorcio. - Relación de profesionales propuestos debidamente inscritos en el Registro (SICOES) en la categoría y nivel requerido en las Bases. - Declaración Jurada fi rmada por los profesionales propuestos, en relación al compromiso de participar en el contrato. - Declaración Jurada del postor o su representante legal, de ser el caso, en la que indique conocer aceptar y someterse a las Bases, condiciones y reglas del concurso, que cumple con los requerimientos técnicos exigidos en las Bases, que garantiza la veracidad de la documentación e información presentada, y que se compromete a mantener su oferta hasta el perfeccionamiento del contrato. Esta Declaración Jurada es presentada según las disposiciones de las Bases Estandarizadas. - Declaración Jurada de no encontrarse incurso en los supuestos de impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones previstos en el artículo 11 de la presente Directiva. En el caso de personas jurídicas o consorcios , esta declaración deberá ser efectuada también por los integrantes de los órganos de administración, apoderados, y por los profesionales o técnicos que sean presentados para la ejecución del servicio. Esta Declaración Jurada es presentada según las disposiciones de las Bases Estandarizadas. (…) 23.3 En la etapa de presentación de propuestas, el postor señala a los profesionales y/o técnicos inscritos en el Registro, la aceptación de formar parte del personal profesional y/o técnico propuesto queda registrado en el SICOES . (…)23.6 El SICOES habilitará nuevamente al profesional y/o técnico del contrato para que sea elegible a efectos de formar parte en una nueva propuesta cuando se con fi gure uno de los siguientes supuestos: i) El postor que lo propuso como personal no resulte designado en el concurso, ii) El postor que lo propuso como personal quede completamente descali fi cado del concurso, iii) En caso sea designado el postor que lo propuso como personal, cuando culmine el periodo de ejecución contractual, iv) por declaración de nulidad del contrato, v) por resolución del contrato, vi) por renuncia del personal propuesto. 23.7 El Comité de Selección, en acto privado, efectúa la cali fi cación de los postores veri fi cando lo siguiente: 23.7.1 Cumplimiento de los documentos administrativos, indicados en el literal a) del numeral 23.2 de la Directiva. 23.7.2 Menor Oferta Económica, conforme el literal b) del numeral 23.2 de la Directiva. 23.8 Son subsanables los errores materiales o formales de los documentos presentados, siempre que no alteren el contenido esencial de la oferta conforme la normativa de contratación pública vigente.”. “Artículo 30.- Cancelación del concurso (…)30.2 La cancelación se formaliza mediante Resolución de las Gerencias de Supervisión de Energía o de Supervisión Minera , previo informe del Área Usuaria, y la resolución se publica en el portal institucional de Osinergmin.”. “Artículo 32.- Contrataciones Directas (…) a) Contratación de proveedores no domiciliados, cuando se comprueba la inexistencia en el mercado nacional de una empresa supervisora que cumpla con las condiciones y características del requerimiento del Área Usuaria. (…)Para el supuesto indicado en el literal a), no será necesario que la empresa extranjera se inscriba en el Registro. Asimismo, el equipo de profesionales acreditará su colegiatura y habilitación respectiva ante el Área Usuaria al inicio de su participación efectiva en el contrato, el cual será especi fi cado en los términos de referencia. La oportunidad especí fi ca de acreditación para cada profesional deberá establecerse por el Área Usuaria en el requerimiento. (…).”. “Artículo 33.- Perfeccionamiento del Contrato (…) 33.3 Vencido el plazo otorgado para la subsanación respectiva, si el postor designado no cumple con la subsanación de los requisitos, o si no suscribe oportunamente el contrato por motivos imputables a éste, pierde automáticamente la designación efectuada, hecho que es comunicado inmediatamente al Comité de Selección, quien emite el Acta correspondiente. Consentida la pérdida de la designación, Osinergmin queda habilitada para contratar, siguiendo el orden de mérito, con el postor que haya ocupado los siguientes puestos . (…)33.7 Para los supuestos de concursos convocados bajo los alcances del numeral 11.2 del artículo 11 de la presente Directiva, se requiere adicionalmente una declaración jurada de no tener vínculo contractual vigente con ningún agente fi scalizado por Osinergmin del subsector materia de la convocatoria, excluyendo aquellas empresas con quien tengan la calidad de usuario. (…)33.10 El contrato de supervisión debe ser publicado en el portal institucional de Osinergmin dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su suscripción.