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38 NORMAS LEGALES Domingo 13 de abril de 2025 El Peruano / Supervisoras”, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN N° 055-2023-OS/CD, en los siguientes términos: “Artículo 5.- Defi niciones (…) 5.8 Gerencia General: es la máxima autoridad administrativa de OSINERGMIN. Puede delegar mediante resolución la autoridad que la presente Directiva le con fi ere, salvo aquella que expresamente se señale como indelegable .” “Artículo 10.- Acceso al Registro (…) 10.1 Para los solicitantes Persona Jurídica o persona natural con negocio (…)b.3) Cuando el solicitante presente contratos donde haya sido integrante de un consorcio, su experiencia es considerada en forma proporcional a su porcentaje de participación según el contrato de consorcio. Esta experiencia deberá estar relacionada al sector energético y/o minero, según corresponda. Para estos casos, además de lo señalado en los literales b.1) y b.2), según corresponda, debe presentarse el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. En el caso que un solicitante persona jurídica sea matriz o sucursal, puede presentar indistintamente, la documentación indicada en el literal b) sea que provenga de la casa matriz o de la sucursal. (…) 10.2 Para los solicitantes Persona Natural (…) h) Constancia de egresado, para los per fi les de Supervisor 4A y 4B .”. “Artículo 15.- Causales de suspensión en el Registro Las causales de suspensión temporal en el Registro son las siguientes: (…) g) Se haya veri fi cado que el solicitante precali fi cado presentó para su inscripción en el Registro documentación falsa o adulterada o información inexacta. Lo indicado solo constituye causal de suspensión del Registro del solicitante precali fi cado que presentó la documentación falsa o adulterada o información inexacta .”. “Artículo 23.- Presentación, admisión y cali fi cación de propuestas (…)23.4 Un profesional o técnico puede ser propuesto por más de un postor siempre y cuando sea para el mismo ítem del concurso. 23.5 El sistema bloqueará la participación del profesional o técnico como personal seleccionable para otro concurso cuyo objeto se encuentre relacionado al mismo subsector e industria (en el caso del sector energético) o actividad (en el caso del sector minero). (…)”. “Artículo 33.- Perfeccionamiento del Contrato (…) 33.6 Requisitos para la fi rma del contrato: (…)g) Estructura de costos.h) La documentación adicional establecida en las bases. (…)33.8 En caso que una persona jurídica como matriz o sucursal de manera individual o en consorcio sea designada en un concurso de empresas supervisoras, resulta posible que tanto la empresa matriz como la sucursal puedan presentar la documentación indicada en numeral 33.6 y 33.7, y suscribir los contratos respectivos, como tales.33.9 Para el caso de los supervisores 4A y 4B únicamente se requerirá para la fi rma del contrato la Declaración Jurada Actualizada de no estar incurso en alguna causal de impedimento, incompatibilidad o prohibición prevista en la presente Directiva similar a la presentada conjuntamente con su propuesta técnica , y se veri fi cará que no superen los cuatro (4) años de egresado. (…)”. “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS (…)CUARTA . En tanto la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emita las directrices al respecto y el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE), emita las disposiciones operativas, en el marco de sus competencias, sobre el uso de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop), se continuará registrando toda la información de los concursos de empresas supervisoras en los módulos correspondientes del SICOES . QUINTA. En tanto la Gerencia General no modi fi que la Matriz de Per fi les o apruebe una nueva, se mantendrá vigente la aprobada como Anexo I: Matriz de Per fi les de la presente Directiva.” Artículo 3 .- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Consejo Directivo en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin (www.gob.pe/ osinergmin). Artículo 4.- Vigencia La presente norma entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y resulta aplicable para los concursos de empresas supervisoras que se convoquen a partir de su entrada en vigencia. Artículo 5.- Disposiciones a cumplir Autorizar a la Gerencia General la aprobación y/o actualización de: i) la matriz de per fi les; ii) los formatos para la inscripción en el Registro de Precali fi cación de Empresas Supervisoras; iii) los procedimientos internos y/o instructivos respectivos para la determinación del valor estimado de los concursos; iv) el procedimiento y plazos para la aprobación de los Programas Anuales de Supervisión; v) las bases estandarizadas de los concursos; entre otros, que resulten necesarios para la implementación adecuada de las disposiciones de la Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras, y sus modi fi caciones. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2390272-1 Resolución de Consejo Directivo que crea una Sala Colegiada Transitoria de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios y dicta otras disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 45-2025-OS/CD Lima, 10 de abril de 2025VISTO: El Memorándum N° STOR-206-2025 elaborado por la Secretaría Técnica de los Órganos Resolutivos, mediante el cual se somete a consideración del Consejo Directivo, la creación de una Sala Colegiada Transitoria de la Junta