Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (26/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Sábado 26 de abril de 2025 El Peruano / m) Suscribir convenios de colaboración u otros de naturaleza análoga entre entidades contratantes, siempre que se brinden los bienes, servicios y obras propios de la función que por ley les corresponde, no se persiga fi nes de lucro, no se obtengan utilidades y solo se reconozcan los costos en que incurre la entidad a cargo de la entrega del bien, servicio u obra, y sus respectivas adendas. n) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos que resulten de procedimientos de selección competitivos, y los que deriven de procedimientos de selección competitivos desarrollados en el marco de los convenios a que se re fi eren los literales j) y k) precedentes; así como suscribir las adendas a dichos contratos. o) Suscribir, modi fi car y resolver contratos con proveedores no domiciliados en el país, a que se re fi ere el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley General, así como, suscribir sus respectivas adendas. p) Autorizar y acordar por escrito con el contratista la suspensión del plazo de ejecución contractual; así como suscribir el acta acordando la fecha del reinicio del plazo de ejecución contractual. Cuando la suspensión se deba a causa imputable a la entidad contratante, además, efectuar la comunicación para el inicio del respectivo deslinde de responsabilidades. q) Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley. r) Autorizar y ordenar la reducción de prestaciones de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por ley. s) Autorizar la modi fi cación contractual que conlleve la variación del monto contractual, así como la modi fi cación contractual por hecho sobreviviente bajo causa imputable a alguna de las partes, conforme a lo previsto por el numeral 110.5. del artículo 110 del Reglamento de la Ley General. t) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y noti fi car la decisión a los contratistas. Asimismo, en virtud de la ampliación otorgada, ampliar el plazo de los contratos directamente vinculados al principal. u) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por ley. v) Autorizar la cesión de posición contractual de los procedimientos de selección competitivos, en los casos permitidos por ley. w) Suscribir contratos complementarios hasta por el máximo permitido por ley. x) Veri fi car que los compradores públicos de la dependencia encargada de las contrataciones de la APCI se encuentren certi fi cados conforme al nivel que corresponda a las actividades que realizan. y) Ejercer representación de la APCI ante la Dirección General de Abastecimiento - MEF, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, de acuerdo con la normatividad de contratación pública, así como suscribir todas las comunicaciones sobre actos vinculados a procedimientos de selección ante tales entidades, según corresponda. Artículo 2.- Delegar en el Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales de la O fi cina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, las siguientes funciones y atribuciones: 2.1. En materia de contrataciones públicas:a) Suscribir contratos bajo la modalidad de locación de servicios con personas naturales al amparo de la prórroga dispuesta por el acápite iv) de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2025, o norma que la sustituya, la prorrogue o la amplíe. b) Suscribir, modi fi car y resolver las órdenes de compra y las órdenes de servicios que perfeccionen la contratación conforme a lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley Nº 32185, así como, las que perfeccionan contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.c) Suscribir los contratos menores, ya sea que se perfeccionen mediante orden de compra, orden de servicio o contrato, así como acordar modi fi caciones mediante la suscripción de la adenda respectiva. d) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos permitidos por ley, para contratos menores. e) Resolver los contratos menores.f) Expedir a los contratistas de bienes y servicios las constancias de prestación que soliciten, en tanto se implementan las funcionalidades de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop) para generar las constancias de prestación. Artículo 3.- El Jefe de la O fi cina General de Administración y la Jefa de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI debe informar semestralmente a la Dirección Ejecutiva, bajo responsabilidad, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 4.- La delegación de facultades a que se re fi ere la presente Resolución Directoral Ejecutiva no exime de la obligación de cumplir los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 5.- Las facultades conferidas por la presente Resolución Directoral Ejecutiva no pueden ser objeto de posteriores delegaciones por parte del Jefe de la Ofi cina General de Administración y la Jefa de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. Artículo 6.- La delegación autorizada en el Jefe de la Ofi cina General de Administración en virtud de la modi fi cación al numeral 1.1 de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 162-2024/APCI-DE, dispuesto por el artículo 1 de la presente Resolución Directoral Ejecutiva; así como, la delegación autorizada en la Jefa de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales en virtud de lo dispuesto por el artículo 2 de la Resolución Directoral Ejecutiva tendrán vigencia, con efi cacia anticipada, a partir del 22 de abril de 2025. Artículo 7.- Remítase la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la O fi cina General de Administración y a la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales, así como a las demás unidades orgánicas de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, para su conocimiento y acciones correspondientes. Artículo 8.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI (https://www.gob.pe/apci). Regístrese, comuníquese y publíquese. NOELA MARÍA EUFEMIA PANTOJA CRESPO Directora Ejecutiva 2393356-1 DESPACHO PRESIDENCIAL Designan funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN Nº 000029-2025-DP/ SGDP Lima, 25 de abril del 2025VISTOS: El Memorando Nº 000349-2025-DP/SSG de la Subsecretaría General; el Informe Técnico Nº 000002- 2025-DP/SSG-REAINF del responsable de brindar la información pública; y, el Informe Nº 000110-2025-DP/OGAJ y el Informe Legal Nº 000062-2025-DP/OGAJ-SSS de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,