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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (01/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / de la Entidad (CPE), según corresponda, así como que las plazas o puestos a ocupar se encuentren registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certi fi cación del crédito presupuestario. 8.3 Asimismo, previamente a la incorporación al régimen laboral especial del Cuerpo de Guardaparques del Perú, en el marco de la Ley Nº 31991, Ley del Cuerpo de Guardaparques del Perú, se debe contar con el informe favorable de la O fi cina General de Presupuesto de la entidad que fi nancia el gasto, en el que se señale, entre otros aspectos, que dicha entidad cuenta con los créditos presupuestarios su fi cientes para fi nanciar el referido gasto y su sostenibilidad en los años fi scales siguientes. Artículo 9. Modi fi caciones presupuestarias para el fi nanciamiento de Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones 9.1. Se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2025, a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para el fi nanciamiento o co fi nanciamiento de aquellas Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) que cumplan con las siguientes condiciones: i) que estén comprendidas en el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios (PIRCC), se encuentren activas y que cuenten con el Formato Único de Reconstrucción (FUR) registrado en el Banco de Inversiones en estado aprobado hasta el 6 de diciembre de 2023, fecha de publicación de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, ii) que se encuentren en ejecución de obra de acuerdo con lo informado por la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Economía y Finanzas. Para tal fi n, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados, de manera excepcional, a utilizar los recursos que reciben por canon, sobrecanon, regalía minera, Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) y el Fondo de Compensación Regional (FONCOR). 9.2 Para efectos de lo dispuesto en el numeral precedente, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan exceptuados de lo establecido en el numeral 11.3 del artículo 11 y en el literal a) del artículo 33 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, así como en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 10. Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Municipalidad Provincial de Piura 10.1 Se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 11 942 623,00 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Provincial de Piura del departamento de Piura, con la fi nalidad de fi nanciar el pago de las actividades de “LIMPIEZA DEL CAUCE DEL RIO PIURA EN EL TRAMO PUENTE GRAU – SECTOR LA JOYA DISTRITOS DE CATACAOS Y CURA MORI, PROVINCIA DE PIURA – DEPARTAMENTO DE PIURA”; con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 11 942 623,00 =========== TOTAL EGRESOS 11 942 623,00 =========== A LA: En soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 200101 : Municipalidad Provincial de PiuraCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006412 : Intervenciones Extraordinarias del Fenómeno El Niño – FEN FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 11 942 623,00 =========== TOTAL EGRESOS 11 942 623,00 =========== 10.2 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 10.1 de la presente Ley, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 10.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 10.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el gobierno local elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente ley. 10.5 Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 10.1 del artículo 10 de la presente Ley no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 11. Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de la Defensoría del Pueblo, de la Junta Nacional de Justicia y del Ministerio de Relaciones Exteriores 11.1 Se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 39 386 343,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de la Defensoría del Pueblo, de la Junta Nacional de Justicia y del Ministerio de Relaciones Exteriores, para fi nanciar la continuidad del otorgamiento de la asistencia económica a favor de las niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad; el diferencial de los gastos asociados a la contratación de ciento diez (110) plazas CAP de la Defensoría del Pueblo para el periodo de noviembre a diciembre del presente año y sus actividades misionales; la ejecución de concursos de selección y el nombramiento, la evaluación integral y parcial de jueces y fi scales, así como los gastos asociados a la apertura y funcionamiento del Consulado General del Perú en la ciudad de Orlando de los Estados Unidos de América; respectivamente, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos