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53 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de agosto de 2025 El Peruano / en la sede digital de la Sunass, el proyecto de resolución de modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EPS”; ii) difundir el informe técnico que sustenta el proyecto de resolución en la sede digital de la Sunass; y iii) realizar la audiencia pública correspondiente el 11 de junio de 2025. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado, conforme se aprecia en el Anexo Nº 1 del Informe de Especialista Nº 131-2025-SUNASS-DRT que sustenta la propuesta fi nal de resolución de modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EPS”, que serán aplicados por SEDA AYACUCHO S.A. durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2022-2027. Que, asimismo, el párrafo 5.5 del artículo 5 de la Norma de rebalanceo tarifario establece que la fórmula, nivel o estructura tarifaria que se aprueba como resultado del procedimiento de rebalanceo tarifario es aplicable a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la aprobación de la resolución que determina las referidas fórmula, nivel o estructura tarifaria. Que, sobre la base de la propuesta fi nal de modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EPS”, y del Informe de Especialista Nº 131-2025-SUNASS-DRT que la sustenta, corresponde emitir la resolución tarifaria con la que se da por concluido el presente procedimiento de rebalanceo tarifario. De conformidad con la quinta disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo Nº 1620, la quinta disposición complementaria transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280 y el artículo 10 de la “Norma que regula el procedimiento de rebalanceo tarifario aplicable a las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 017-2025-SUNASS-CD, y con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 31 de julio de 2025; HA RESUELTO:Artículo 1°.- Modi fi car el nivel y estructura tarifaria de SEDA AYACUCHO S.A. durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2022-2027, de acuerdo con lo especi fi cado en el anexo único y de conformidad con el Informe de Especialista Nº 131-2025-SUNASS-DRT, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Modi fi car la meta de gestión “Relación de trabajo de la EPS” contenida en el Anexo Nº 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 077-2021-SUNASS- CD, que se aplicará a SEDA AYACUCHO S.A. en el quinto año del periodo regulatorio 2022-2027, como sigue: Metas de Gestión Unidad de MedidaAño 5 Relación de Trabajo de la EP % 62 Para efecto del cumplimiento de la meta de gestión antes señalada se deberá observar lo contemplado en el estudio tarifario vigente. Artículo 3°. - El nivel y estructura tarifaria modi fi cadas mediante el artículo 1° de la presente resolución, son aplicables a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “ El Peruano ”. Artículo 4°.- La presente resolución, su anexo único y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano , en la sede digital de la Sunass (www. gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. El Informe de Especialista Nº 131-2025-SUNASS-DRT se difundirá en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/ sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Artículo 5°.- Notifi car a SEDA AYACUCHO S.A. la presente resolución, su anexo único y exposición de motivos, así como el Informe de Especialista Nº 131-2025-SUNASS-DRT. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. 2 Publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2023. 3 Aprobada por el Decreto Legislativo N.° 1280 y publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016. 4 Publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2024. 5 Publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de marzo de 2025. 6 Publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de diciembre de 2021. 7 Publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de marzo de 2025. ANEXO ÚNICO ESTRUCTURA TARIFARIA APLICABLE A SED A AYACUCHO S.A.1 DURANTE EL TIEMPO RESTANTE DEL PERIODO REGULATORIO 2022- 2027 PARA LOS SER VICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructura tarifaria Para la estructura tarifaria, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. SEDA AYACUCHO S.A. aplicará las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 3,6 2 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 3. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el cuarto y quinto año regulatorio, y asignación máxima de consumo Huamanga (4to año) Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potableSaneamiento Social 0 a más 1,05 0,46 Doméstico0 a 8 1,05 0,46 8 a 18 1,16 0,51 18 a más 1,86 0,83 Comercial y Otros0 a más 2,96 1,35 Industrial 0 a más 4,17 1,89 Estatal 0 a más 2,96 1,35 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 20 20 30 100 60 Huamanga (5to año) Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 1,16 0,51 Doméstico0 a 8 1,16 0,51 8 a 18 1,28 0,56 18 a más 1,99 0,89 Comercial y Otros 0 a más 3,13 1,43 Industrial 0 a más 4,41 2,00 Estatal 0 a más 3,13 1,43