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45 NORMAS LEGALES Martes 26 de agosto de 2025 El Peruano / Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE- PJ; totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Quinto. Los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 338-2022-CE-PJ) Sexto. Por Resolución Administrativa N° 000232-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba en su artículo segundo, la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca y Ucayali para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. Séptimo. En cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el marco de las Resoluciones Administrativas Nros. 000043-2025-CE-PJ y 000232-2025-CE-PJ, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 060-2025-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el O fi cio N° 0001847-2025-GTI- GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestiona el Informe N° 000267-2025-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ, mediante los cuales informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Ucayali en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales por O fi cio N° 000169-2025-GSJ- GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali a través de los O fi cios Nros. 001431-2025-P-CSJUC-PJ, 001420-2025-P-CSJUC-PJ y 001409-2025-P-CSJUC-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Noveno. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia.Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1167- 2025 de la cuadragésima sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de agosto de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 25 de agosto de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, conforme al detalle siguiente: Sede Purús, ubicados en Avenida Luis Muñoz Nadal S/N - Purús. • Juzgado de Paz Letrado-Sede Purús • Juzgado Mixto -Sede Purús Sede Sarayacu, ubicado en Avenida Celso Sotomarino S/N - Sarayacu. • Juzgado de Paz Letrado-Sede SarayacuLa ceremonia de inauguración se realizará a partir del 15 de agosto 2025. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Ucayali, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Presupuestal por Resultado 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2431481-1 Prorrogan funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000303-2025-CE-PJ Lima, 22 de agosto del 2025 VISTA: La Resolución Administrativa N° 000063-2025-P-CE- PJ, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000063-2025-P-CE-PJ, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó por el término de tres meses, a partir del 1 de junio de 2025, el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.