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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (26/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Martes 26 de agosto de 2025 El Peruano / en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Asimismo, propone la permanencia del tercer miembro por el plazo de seis meses para la culminación del juicio oral o, en su defecto, se nombre de manera permanente al tercer miembro entre el 2° Juzgado Penal Unipersonal SNEJ de la sub sede Huaylas o Huari. Quinto. Al respecto, por Informe Técnico N° 0000017-2025-RT-PPOR1002-P-PJ, de fecha 19 de agosto de 2025, el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) evaluó la situación propuesta por la Corte Superior de Justicia de Ancash, advirtiendo un incremento en la producción de los órganos jurisdiccionales penales; por tanto, una mejora en la administración de justicia que debe mantenerse, por lo que se recomienda aceptar la solicitud de prórroga. Asimismo, considerando el nivel resolutivo del periodo enero a junio de 2025, propone que el 2° Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaylas, quede como integrante del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, por un plazo de (06) seis meses. Sexto. Que, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Séptimo. Que, el artículo 82, incisos 15, 24), y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdo y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1172- 2025 de la cuadragésima sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de agosto de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por un plazo de (06) seis meses, a partir del 1 de setiembre de 2025, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales: HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2026 • Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Ancash. • Juzgado Penal Colegiado Exclusivo Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Ancash. Artículo Segundo.- Prorrogar por un plazo de (06) seis meses, a partir del 1 de setiembre de 2025, el cierre de turno del 1° Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaraz Corte Superior de Justicia de Ancash. Artículo Tercero.- Disponer por un plazo de (06) seis meses, la permanencia del 2° Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huaylas, como el tercer integrante del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Ancash.Artículo Cuarto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash exhorte a los magistrados que conforman los Juzgados Penales Colegiados, Juzgados de Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonales a continuar con la mejora de su nivel resolutivo; el mismo que se evaluará en la siguiente oportunidad de prórroga. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Facultar a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash a emitir las acciones correspondientes, a fi n de operativizar lo dispuesto precedentemente. Artículo Séptimo.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), O fi cina de Productividad Judicial, Corte Superior de Justicia de Ancash; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2431539-1 Disponen implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil, subespecialidad comercial, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ucayali Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000308-2025-CE-PJ Lima, 22 de agosto del 2025 VISTO: El O fi cio N° 000081-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000081-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad civil, subespecialidad comercial en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nros. 000232-2025-CE-PJ y 000043-2025-CE-PJ. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ; en ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017- CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de