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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (29/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se detallan en el Anexo “Desagregación de Ingresos”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo; y se presenta junto con la resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2433092-2 Aceptan renuncia y encargan el puesto de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2025-EF Lima, 28 de agosto de 2025CONSIDERANDO: Que, el numeral 11.8 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE, establece que la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE es el órgano encargado de implementar la estrategia corporativa de las Empresas del Estado; es ejercida por el Director Ejecutivo, quien es nombrado mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas;Que, mediante Resolución Suprema N° 027-2024- EF, se designa al señor Roberto José Yafac da Cruz Gouvea como Director Ejecutivo del F ondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, quien ha presentado su renuncia al citado puesto; Que, por lo tanto, resulta pertinente aceptar la renuncia; y a fi n de dar continuidad al servicio, corresponde se efectúen las acciones para encargar el puesto de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, al señor Mauricio Miguel Gustin De Olarte, Gerente Corporativo Legal del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE; y, el Decreto Supremo N° 292-2024- EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia formulada por el señor Roberto José Yafac da Cruz Gouvea al puesto de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Encargar al señor Mauricio Miguel Gustin De Olarte, Gerente Corporativo Legal del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, el puesto de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular. Artículo 3. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2433092-3 Resolución Ministerial que aprueba los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de julio del año 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 401-2025-EF/50 Lima, 28 de agosto del 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, señala que tiene por objeto establecer la regalía minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la referida Ley, defi ne a la regalía minera como la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos;