Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (29/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / permanentes que la Entidad Liquidadora de Gasoducto Sur Peruano S.A. En Liquidación presentó al Ministerio de Economía y Finanzas en su calidad de Coordinador del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, una Solicitud de Inicio de Trato Directo al amparo del Contrato de Concesión “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, suscrito el 23 de julio de 2014 entre el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y Gasoducto Sur Peruano S.A., y del Contrato de Seguridades y Garantías suscrito el 23 de julio de 2014 entre el Estado peruano y Gasoducto Sur Peruano, al amparo del Decreto Supremo N° 207-2014-EF. Asimismo, dicha comisión determina que ésta es competente para representar al Estado peruano en el presente caso, y determina que el Ministerio de Energía y Minas sea incorporado como miembro no permanente; Que, por Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 27 de agosto de 2024, la Comisión Especial acuerda, entre otros, aprobar la necesidad de contratar un estudio de abogados internacional que represente al Estado peruano en el Arbitraje Internacional iniciado por Gasoducto Sur Peruano En Liquidación, de conformidad con el Decreto Supremo N° 002-2009-EF; Que, mediante Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 28 de agosto de 2024, la Comisión Especial acuerda aprobar los Términos de Referencia para la selección de servicios de asesoría legal en el marco del arbitraje internacional iniciado por Gasoducto Sur Peruano S.A. En Liquidación (CIADI N° ARB/24/29), en concordancia con lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 4.2 del artículo 4 del procedimiento para la contratación de servicios de abogados; Que, con Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 13 de setiembre de 2024, la Comisión Especial acuerda elegir la propuesta de servicios presentada por el Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, de conformidad con lo establecido en el Procedimiento de Contratación de Abogados, para que represente a la República del Perú en el arbitraje internacional iniciado por Gasoducto Sur Peruano S.A. En Liquidación (CIADI N° ARB/24/29); Que, por Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 18 de febrero de 2025, la Comisión Especial acuerda aprobar la versión fi nal del proyecto de contrato de servicios de asesoría legal a celebrarse entre el Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP (Arnold & Porter) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el marco del Caso Gasoducto Sur Peruano S.A. En Liquidación contra la República del Perú (Caso CIADI N° ARB/24/29). Asimismo, acuerda autorizar a su Presidente, efectuar los trámites administrativos correspondientes ante la O fi cina General de Administración del MEF, a fi n de que se realice la celebración del citado contrato; Que, a través del Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 20 de febrero de 2025, la Comisión Especial, luego de revisar el Informe N° 174-2024-EF/32.01 de su Secretaría Técnica, acuerda aprobar dicho informe, referido a la selección del estudio internacional de abogados que representará a la Republica del Perú en el arbitraje internacional iniciado por Gasoducto Sur Peruano S.A. En Liquidación (Caso CIADI N° ARB/24/29); Que, en dicho contexto, con Memorando N° 051-2025-EF/32 de fecha 21 de mayo de 2025, el Presidente de la Comisión Especial solicita a la O fi cina General de Administración (OGA), adoptar las acciones correspondientes para el inicio del proceso de suscripción del contrato a celebrarse con el estudio internacional de abogados Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, para la prestación de servicios de asesoría jurídica en el marco del arbitraje internacional iniciado por Gasoducto Sur Peruano S.A. En Liquidación contra la República del Perú (Caso CIADI N° ARB/24/29), para lo cual, adjunta entre otra documentación, el Informe N° 174-2024-EF/32.01 antes mencionado, en concordancia con lo dispuesto en el primer párrafo del numeral 4.5 del procedimiento para la contratación de servicios de abogados; Que, la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Finanzas a través del Memorando N° 566-2025-EF/43.01, señalan que se cuenta con la certi fi cación de crédito presupuestario para el año fi scal 2025 y la previsión presupuestaria para los años fi scales 2026 al 2029 por el importe total de S/ 24 418 125,00 (VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100 SOLES), para la contratación solicitada por la Comisión Especial, en el marco del acuerdo contenido en el Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 20 de febrero de 2025; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, a través del Informe N° 0506-2025-EF/43.03, concluye, entre otros: (i) que la Comisión Especial ha cumplido con remitir a la OGA el informe sobre la selección del estudio de abogados ARNOLD & PORTER KAYE SCHOLER LLP, así como el proyecto de contrato respectivo; y, (ii) que ha cumplido con gestionar la certi fi cación de crédito presupuestal 2025 y la previsión presupuestal por el año fi scal 2026- 2029, así como con incluir la contratación del precitado servicio de asesoría legal vinculado al Caso CIADI N° ARB/24/29, en el Cuadro Multianual de Necesidades de la Unidad Ejecutora 001: Administración del Pliego MEF correspondiente al año fi scal 2025 a fi n de que se apruebe la contratación y se autorice la suscripción del contrato de prestación del aludido servicio de asesoría legal; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 1191-2025-EF/42.02, el Informe N° 0797-2025-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, el mismo que ha sido aprobado previamente por la Comisión Especial conforme al Acta S/N correspondiente a la Sesión de fecha 18 de febrero de 2025, en concordancia con lo dispuesto en el primer párrafo del numeral 4.5 del procedimiento para la contratación de servicios de abogados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, en el Decreto Supremo N° 002-2009- EF, que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la contratación del estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Autorizar al/a la Jefe/a de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2432999-1 Autorizan viaje de Profesional I de la Superintendencia del Mercado de Valores a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 405-2025-EF/10 Lima, 28 de agosto del 2025CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 29 de mayo de 2025, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores (IIMV)