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31 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área expropiada del bien inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP , inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución.Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Dispon er que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE AFECTADO PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA: “AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO – CHICLAY O – PIURA – SULLANA)” . N°.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES GREGORIA GONZALES DE GALAN JOSE CRUZ GONZALES GONZALES LUCILA GONZALES GONZALES DE NICOLAS AGUSTIN GONZALES GONZALES VIOLETA GONZALES GONZALES DE TULLUME PAULITA GONZALES GONZALES DOLORES GONZALES GONZALES CESAR AUGUSTO GONZALES GONZALESCÓDIGO: AUSOL-TC07- 140108-R-040ÁREA AFECTADA : 1,361.39 m 2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 142,426.20LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con área afectada directa de la U.C 05881 con 2 tramos. Con un total de 64.06 m. Por el Sur: Colinda con área afectada directa de U.C. 05883 con 1 tramo. Con un total de 34.35 m. Por el Este: Colinda con área afectada directa de la U.C 11431 con 2 tramos. Con un total de 27.19 m. Por el Oeste: Colinda con área remanente del mismo propietario U.C. 05882 con 1 tramo. Con un total de 41.37 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 - ZONA17 ESTE (X) NORTE (Y) P1 P1-P2 25.32 628247.7623 9242233.9946 P2 P2-P3 1.87 628246.7645 9242208.6902 P3 P3-P4 34.35 628246.4840 9242206.8405 P4 P4-P5 41.37 628212.1320 9242206.7634 P5 P5-P6 35.95 628183.7960 9242236.8991 P6 P6-P1 28.11 628219.6527 9242234.3244 PARTIDA REGISTRAL N°: 02269886 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II – Sede Chiclayo. INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL N° 02427-2025-DDP/CGV1Suscrito por el verificador catastral, de fecha 30 de junio del 2025. 2432278-1 Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. Su principal objetivo, para habilitar el mandato Constitucional, es editar el Diario O fi cial El Peruano y darle publicidad a los dispositivos aprobados por las instituciones públicas y sus correspondientes autoridades. Editora Perú no es, por tanto, responsable por los contenidos de las publicaciones o fi ciales remitidas por las entidades del Estado. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES