Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2025 (16/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 16 de enero de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2127-2023-MP-FN de fecha 24 de agosto de 2023, se nombró a los abogados María Luisa Pumayauri Rivera, Yaneth Ñahue Gaona, Anghela Leidy Alvarez Rodriguez, Luz Madeleyne Boza Quilca, Miryam So fi a Vasquez De La Cruz, Roosmel Ronald Silva Dominguez y Jhoselyn Brigitte Fernández Príncipe, como fi scales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolos en la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalía Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad; los mismos que se encuentran laborando a la fecha, según la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 954-2024-MP-FN de fecha 11 de abril de 2024, se nombró al abogado Luis Alberto Bautista Hernández, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el despacho de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Noroeste y Lima Sur, con sede en la ciudad de Lima Centro; laborando a la fecha en el referido despacho, según la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3175-2023-MP-FN de fecha 17 de noviembre de 2023, se nombró al abogado Carlos Ramon Zevallos Torres, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalía Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad laborando a la fecha en el referido despacho, según la Resolución de la Fiscalía de la Nación n° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Respecto a la provisionalidad de los fi scales, la Corte interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria; así por citar un ejemplo, podría encontrarse asociada por la celebración y conclusión de un concurso público para el nombramiento de reemplazos de carácter permanente. Adicionalmente, señala que su permanencia en el cargo no se vea afectada a través de una conclusión inusitada que contenga sesgo de arbitrariedad o que no permita conocer objetivamente el motivo de su conclusión. De acuerdo, al artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto establece que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral n° 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, (…)”. Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la abogada Gisela Astocondor Salazar, en ese entonces encargada de la Coordinación de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, se eleva las propuestas de nombramiento y designación del personal fi scal para que sean destacados al Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales. En ese contexto, es de mencionar que el Ministerio Público, en atención a sus funciones generales y especí fi cas, ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”; objetivo tal que se orienta a mejorar la celeridad del servicio procesal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis, a su función constitucional como titular de la acción penal, lo cual importa la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito; y, por tanto, partícipe directo de la celeridad procesal. Por lo que, a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; se ha considerado oportuno fortalecer el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales con el fi n de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), que guarda consonancia con la función del Ministerio Público prevista en la Constitución Política del Estado. Así entonces, con la fi nalidad de efectivizar la decisión que se adopta en el párrafo precedente, previamente se deberán dar por concluidos los nombramientos y designaciones del personal fi scal que se mencionan en el primer a tercer párrafo de la presente resolución. Consecuentemente, en mérito al marco normativo y previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno nombrar a la abogada María Luisa Pumayauri Rivera como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Amazonas. Asimismo, nombrar a los abogados Luis Alberto Bautista Hernandez y Yaneth Ñahue Gaona, como fi scales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolos en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Arequipa. De igual modo, nombrar a la abogada Anghela Leidy Alvarez Rodriguez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándola en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Cusco. Así también nombrar a las abogadas Luz Madeleyne Boza Quilca y Miryam Sofía Vásquez De La Cruz, como fi scales adjuntas provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolas en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Lambayeque. De igual manera, nombrar al abogado Carlos Ramón Zevallos Torres, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándolo en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Piura. Asimismo, nombrar a los abogados Roosmel Ronald Silva Domínguez y Jhoselyn Brigitte Fernández Príncipe, como fi scales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de La Libertad, designándolos en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de La Libertad. En ese orden, estando a la necesidad de servicio antes expuesta y al requerimiento efectuado por la Coordinación de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, se deberá destacar a los abogados María Luisa Pumayauri Rivera, Luis Alberto Bautista Hernandez, Yaneth Ñahue Gaona, Anghela Leidy Alvarez Rodriguez, Luz Madeleyne Boza Quilca, Miryam