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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (01/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / de turno para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929- 2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual, en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano . 2367489-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mariscal Benavides, provincia de Rodríguez de Mendoza, departamento de Amazonas RESOLUCIÓN N° 0009-2025-JNE Expediente N° JNE.2024002675 MARISCAL BENAVIDES - RODRÍGUEZ DE MENDOZA - AMAZONAS VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintidós de enero de dos mil veinticinco. VISTO: el O fi cio N° 409-2024-MDMB/A, presentado, el 26 de diciembre de 2024, por don Santos Oved Chuquivala Gómez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mariscal Benavides, provincia de Rodríguez de Mendoza, departamento de Amazonas (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Elmer Góngora Trauco, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES 1.1. A través del O fi cio N° 249-2024-MDMB- ALCALDÍA, presentado el 29 de agosto de 2024, el señor alcalde remitió, entre otros, la siguiente documentación: a) Cargo del O fi cio N° 220-2024-MDMB-ALCALDÍA, del 18 de julio de 2024, a través del cual el señor alcalde notifi có al señor regidor para la sesión extraordinaria de concejo convocada para el 31 del mismo mes y año. b) Escrito de descargo presentado por el señor regidor el 22 de julio de 2024.c) Acta de la sesión de concejo extraordinaria del 31 de julio de 2024, en la que se aprobó, por unanimidad, la vacancia del señor regidor. d) Acuerdo de Concejo N° 005-2024-MDMB, de la misma fecha, que formalizó la decisión adoptada en la citada sesión de concejo. e) Cargo del O fi cio N° 226-2024-MDMB-ALCALDÍA, del 1 de agosto de 2024, por medio del cual se noti fi có el Acuerdo de Concejo N° 005-2024-MDMB. f) Acuerdo de Concejo N° 006-2024-MDMB, del 26 de agosto de 2024, con el que se declaró consentido el Acuerdo de Concejo N° 005-2024-MDMB. g) Comprobante de pago de la tasa electoral. 1.2. Mediante la Resolución N° 0355-2024-JNE, del 5 de noviembre de 2024, el Pleno de este órgano electoral declaró nulo lo actuado hasta el acto de noti fi cación del Acuerdo de Concejo N° 005-2024-MDMB, del 31 de julio de 2024, dirigido al señor regidor; requirió que el señor alcalde cumpla con noti fi carle el mencionado acuerdo, respetando estrictamente las formalidades previstas en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1 (en adelante, TUO de la LPAG) e informe documentadamente si el acuerdo de concejo quedó consentido o se interpuso algún recurso impugnatorio en su contra. Todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al Ministerio Público. 1.3. Con el o fi cio del visto, el señor alcalde incorporó lo siguiente: h) Carta N° 001-2024-MDMB/A, del 21 de noviembre de 2024, por medio de la cual se noti fi có al señor regidor el Acuerdo de Concejo N° 005-2024-MDMB, que declaró procedente la solicitud de su vacancia. i) Adicionalmente, el señor alcalde el 26 de diciembre de 2024, declaró consentido el acuerdo de concejo. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. Los numerales 4 y 5 del artículo 178 establecen como atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones las siguientes: 4. Administrar justicia en materia electoral. 5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes. En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. Los literales j y u del artículo 5 señalan como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares; […] u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; […] En la LOM1.3. El numeral 7 del artículo 22 dicta que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante en el siguiente caso: […] 7. Inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses. […] 1.4. El artículo 23 re fi ere que: