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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (11/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 11 de febrero de 2025 El Peruano / 2.16. Dicha convocatoria se realiza según el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 29 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Alto Amazonas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 3. 2.17. Cabe precisar que la decisión adoptada por este órgano colegiado se emite en estricta observancia de la normativa electoral vigente (LOM), sin perjuicio de la información que remita el Poder Judicial, con el cual, seguramente, se de fi nirá la situación jurídico-penal del señor alcalde. 2.18. La noti fi cación de este pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.12.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones , RESUELVE 1.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por doña Paola Marbelith Pizango Ramírez, y, en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Municipal N° 05-2024-MDM/SECM, del 5 de noviembre de 2024, que desaprobó la solicitud de suspensión que formuló en contra de don Billarva López García, alcalde de la Municipalidad Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, por la causal establecida en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, REFORMÁNDOLO , declarar su SUSPENSIÓN en el cargo de alcalde de la mencionada entidad edil. 2.- DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial otorgada a don Billarva López García, alcalde de la Municipalidad Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, en tanto se resuelve su situación jurídica. 3.- CONVOCAR a don Wagner Alfonso Tangoa Gonzales, identi fi cado con DNI N° 42468545, a fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Billarva López García, para lo cual se le otorgará la credencial que lo acredite como tal. 4.- CONVOCAR a don Domper Tsirimbo Tanchima, identi fi cado con DNI N° 48954314, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Billarva López García, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 5.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 2 Aprobado por Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 3 En: <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades> 2370094-1Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa Cruz de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 0048-2025-JNE Expediente N° JNE.2024002465 SANTA CRUZ DE ANDAMARCA - HUARAL - LIMAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, treinta y uno de enero de dos mil veinticincoVISTOS: los O fi cios N° 00531-2024-MDSCA/A y N° 00539-2024-MDSCA/A, presentados por don Víctor Guzmán Salvador Paredes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Andamarca, provincia de Huaral, departamento de Lima (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Yanela Verónica Casazola Martel, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por la causal establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. Mediante la Resolución N° 0268-2024-JNE, del 10 de setiembre de 2024, el Pleno de este órgano electoral declaró la nulidad de todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido en contra de la señora regidora para que asista a la Sesión de Concejo Ordinario N° 22-2023, del 21 de noviembre de 2023, en la que se evaluó la solicitud de vacancia seguida en su contra, y se requirió al señor alcalde que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo en la que se resuelva la vacancia seguida en contra de la señora regidora, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, así como el plazo señalado en el cuarto párrafo del artículo 13 de la LOM. Asimismo, requirió al secretario general de la municipalidad, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que lo declara consentido. Todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado, se remitan copias de los actuados al Ministerio Público y se archive el expediente. 1.2. Con el O fi cio N° 002939-2024-SG/JNE, del 5 de noviembre de 2024, la secretaria general de este órgano electoral solicitó al señor alcalde la documentación requerida en el citado pronunciamiento. 1.3. En cumplimiento de los requerimientos efectuados, mediante los o fi cios citados en el visto, el señor alcalde de la citada comuna remitió, entre otros, documentación relacionada con el procedimiento de vacancia de la señora regidora, que se detalla a continuación: a) Citación N° 0024-2024-MDSCA/A, del 29 de octubre de 2024, dirigida a la señora regidora para que asista a la sesión de concejo extraordinaria, del 8 de noviembre de 2024, en donde se trató su vacancia. b) Cédula de Noti fi cación N° 24, mediante la cual se noti fi có a la señora regidora la Citación N° 0024-2024-MDSCA/A, además, el registro fotográ fi co de la noti fi cación efectuada, el 29 de octubre de 2024. c) Acta de Sesión de Concejo Extraordinaria N° 03- 2024, del 8 de noviembre de 2024, en la cual se declaró la vacancia de la señora regidora. d) Acuerdo de Concejo N° 03-2024-MDSCA/CM, del 8 de noviembre de 2024, con el cual se formalizó la decisión adoptada en dicha sesión extraordinaria.