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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (15/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 134

134 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2025 El Peruano / Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, el Acta N° 14-2024-CSST-MSS denominada Acta de Reunión Extraordinaria del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco, entre otros documentos, sobre la aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 28607 y Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante la Ley, tiene por objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, estableciendo el deber de prevención de los empleadores, el rol de fi scalización y control del Estado y la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes, a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2012-TR se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo que tiene por objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país a través del deber de prevención de los empleadores privados y públicos, el rol de fi scalización y control del Estado, y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales con el fi n de velar por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia; que asimismo, la norma acotada, señala en su artículo 74 la estructura mínima del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo; y en el literal b) del artículo 42 que, corresponde al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo el aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, mediante el artículo 2° del Decreto de Alcaldía Nº 024-2017-MSS, publicado el 27 de diciembre de 2017, se aprobó el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, el Acta N° 14-2024-CSST-MSS denominada Acta de Reunión Extraordinaria del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco de fecha 27.12.2024, se acordó por unanimidad la aprobación de un nuevo Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST), disponiéndose la actualización de las fi rmas correspondientes de los miembros del comité de seguridad y salud en el trabajo; Que, con el Informe N° 004-2025-MRP-SGGTH-GAF- MSS de fecha 17.01.2025, el Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, informa que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco, ha aprobado el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST), por lo que corresponde su formalización a través de un Decreto de Alcaldía; Que, la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, a través del Informe N° 131-2025-SGGTH-GAF-MSS, de fecha 21.01.2025, señala la necesidad de que se formalice la aprobación del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco, mediante Decreto de Alcaldía. Asimismo, indica que una vez aprobado el RISST este debe ser un documento obligatorio por parte del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la MSS, de acuerdo al inciso b) del Art. Nº 32 del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR1 , y ser de cumplimiento por parte de los servidores de la Entidad de acuerdo al inciso h) del Art. Nº 156 del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, con Memorándum Nº 328-2025-GAF-MSS del 23.01.2025 la Gerencia de Administración y Finanzas, brinda su conformidad al Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo que tiene como objetivo, entre otros, garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorándum N° 379-2025-GPP-MSS de fecha 24.01.2025, señala es congruente con los siguientes documentos de gestión: • El Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) 2017-2025 (horizonte ampliado) del Distrito de Santiago de Surco aprobado con Ordenanza N° 663-MSS que contiene el Objetivo Estratégico que contiene el Objetivo Estratégico: Mejorar la gobernanza de la ciudad. • El Plan Estratégico Institucional (PEI) de la Municipalidad de Santiago de Surco para el periodo 2019-2027 (horizonte ampliado) aprobado con Resolución de Alcaldía N°047-2024- RASS, contiene el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.10) Fortalecer la gobernanza de la ciudad, Actividad Estratégica Institucional (AEI.10.05) Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo optimo dentro de la Entidad. GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO • El Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 de la Municipalidad de Santiago de Surco aprobado con Resolución de Alcaldía N° 077-2024-RASS y el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 aprobado con Resolución Gerencial Nº1022-2024-GM-MSS, el proyecto es congruente con las actividades y tareas responsabilidad de la Subgerencia de Gestión del Talento Humano AOI30128900068 PREVENCION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Que, mediante Informe Nº 62-2025-GAJ-MSS, de 28.01.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, rati fi ca su pronunciamiento contenido en Informe Nº 941-2024-GAJ-MSS del 20.12.2024, el cual concluyó, en que era procedente aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco elaborado por la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, el cual será de aplicación obligatoria a todos los servidores civiles, a través del Decreto de Alcaldía respectivo, que, también derogue el Decreto de Alcaldía N° 024-2017-MSS; Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum N° 141-2025-GM-MSS de fecha 28.01.2025, solicita que se apruebe mediante Decreto de Alcaldía, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco, conforme las opiniones de las áreas técnicas, y de asesoramiento legal; además solicita derogar el Decreto de Alcaldía N° 024-2017-MSS; En uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20° y del artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- OFICIALIZAR LA APROBACIÓN del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad de Santiago de Surco, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía Nº 024-2017-MSS. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Transparencia Estándar www.transparencia.gob.pe.; y la publicación del texto del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2370831-1