TEXTO PAGINA: 35
35 NORMAS LEGALES Viernes 21 de febrero de 2025 El Peruano / de los Recursos Financieros otorgados a las Unidades Ejecutoras por las Prestaciones de Salud y Administrativas brindadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud, con cobertura FISSAL”, que establece los criterios técnicos para realizar el cálculo de la transferencia fi nanciera y liquidación de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados del SIS con cobertura FISSAL, en el marco de los convenios suscritos o normativa vigente; Que, el SIS, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y los Gobiernos Regionales han suscrito convenios para el periodo 2025-2027, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante O fi cio N° 075-2025-SIS-FISSAL/J, el Jefe del FISSAL solicita la aprobación de la propuesta de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 114,752,603.00 (Ciento catorce millones setecientos cincuenta y dos mil seiscientos tres y 00/100 soles) para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, brindadas a los asegurados al SIS con cobertura FISSAL correspondiente al calendario febrero 2025 - III, conforme al detalle del Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios Calendario Febrero 2025 – III - Financiamiento de Prestaciones de Salud”, y del Anexo N° 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario febrero 2025 - III - Financiamiento de Prestaciones Administrativas - Traslado de paciente oncológico estable - TPOE”; Que, el FISSAL sustenta su solicitud en el Informe Conjunto N° 006-2025-SIS-FISSAL/DIF-CRRM-AALL con Proveído N° 034-2025-SIS-FISSAL/DIF, y el Memorando N° 151-2025-SIS-FISSAL/DIF de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Memorando N° 153-2025-SIS-FISSAL/OPP e Informe N° 005-2025-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL; y el Proveído N° 017-2025-SIS-FISSAL/OAJ que hace suyo el Informe N° 017-2025-SIS-FISSAL/OAJ-JAVD de la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL; Que, mediante el Memorando N° 000382-2025- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario febrero 2025 - III; conforme a lo solicitado por el FISSAL; Que, mediante Informe Legal N° 000098-2025- SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por el FISSAL y sus órganos técnicos y de apoyo, y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera legalmente viable que la Jefatura del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera, a favor de las unidades ejecutoras descritas en los Anexos N° 1 y N° 2 adjuntos al O fi cio N° 075-2025-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, correspondiente al calendario febrero 2025 - III; para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas en mérito a los convenios suscritos; Con el visto del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA y en el Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 114,752,603.00 (Ciento catorce millones setecientos cincuenta y dos mil seiscientos tres y 00/100 soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios Calendario febrero 2025 - III - Financiamiento de Prestaciones de Salud”, y Anexo N° 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario febrero 2025 - III - Financiamiento de Prestaciones Administrativas - Traslado de paciente oncológico estable - TPOE”, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, en mérito a los convenios suscritos. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario o fi cial El Peruano, y en la misma fecha, la resolución y sus anexos en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2373765-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL N° 047-2025 Lima, 20 de febrero de 2025 VISTOS: El Informe N° 00014-2025/OPP y el Memorándum N° 00051-2025/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00033-2025/OA/PER del Área de Personal de la O fi cina de Administración; el Informe N° 00109-2025/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público - Privadas y Proyectos en Activos,