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44 NORMAS LEGALES Martes 25 de febrero de 2025 El Peruano / Respecto a la provisionalidad de los fi scales, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01) ) “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo y plaza que se mencionan en el primer párrafo, en atención al marco normativo antes citado y previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y conforme a las conclusiones del informe Nº 002-2025-MP-FN-OREF- MVCQ, de fecha 20 de febrero de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Yanira Leslie Rengifo López, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2374638-9 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 546-2025-MP-FN Lima, 24 de febrero de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio Nº 000183-2025-MP-FN-EFICAVIT, de fecha 13 de febrero de 2025, cursado por la Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, mediante el cual se eleva la propuesta para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en el referido Equipo Especial, la misma que, se encuentra vacante. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Respecto a la provisionalidad de los fi scales, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01) ) “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo y plaza que se mencionan en el primer párrafo, en atención al marco normativo antes citado y previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y conforme a las conclusiones del informe Nº 003-2025-MP-FN-OREF- MVCQ, de fecha 20 de febrero de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Daniela Alessandra Dextre Zurita, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2374638-10 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Selva Central RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 547-2025-MP-FN Lima, 24 de febrero de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nºs. 002427 y 4298-2024-MP-FN- PJFSSELVACENTRAL y 000421-2025-MP-FN- PJFSSELVACENTRAL, cursados por el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, mediante los cuales se eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Mixta de Puerto Bermúdez – Oxapampa, la misma que, se encuentra vacante. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de