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15 NORMAS LEGALES Sábado 5 de julio de 2025 El Peruano / como el cumplimiento de las responsabilidades asignadas en la normatividad vigente. 4.24 Plani fi car, coordinar, organizar y conducir operaciones militares de ciberdefensa, en y mediante el ciberespacio, para el control y protección de activos críticos nacionales y recursos claves, de acuerdo a la normatividad vigente, a fi n de mantener las capacidades nacionales, en el ámbito de la seguridad nacional. 4.25 Dirigir y centralizar el registro de información sobre ataques informáticos y patrones de amenazas de ciberdefensa de las Fuerzas Armadas, aplicando los mecanismos de formación mecanizado. 4.26 Aprobar las disposiciones normativas que le correspondan. 4.27 Las demás que señale la ley.” “Artículo 8.- Funciones El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, tiene las siguientes funciones: (…) 8.4 Dirigir el proceso de planeamiento estratégico para las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas en la defensa de la soberanía e integridad territorial del país; así como, para su participación en el mantenimiento del orden interno durante los Estados de Excepción. (…) 8.9 Proponer al Ministro de Defensa, previa coordinación con las instituciones de las Fuerzas Armadas, las adquisiciones de material estratégico destinado a las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa . (…) 8.12 Requerir y disponer los recursos necesarios destinados para las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas. 8.13 Disponer las acciones correspondientes para las actividades de inteligencia militar en operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa . (…)” “Artículo 10.- Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas El Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, es el órgano de planeamiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Es el encargado de realizar el Planeamiento de la Fuerza y el Planeamiento Estratégico Operacional para la Defensa Nacional en el nivel estratégico operacional; así como, de asesorar y apoyar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el planeamiento, preparación, coordinación, organización, dirección y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas y realizar todas las tareas de asesoramiento dispuestas por el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. (…)” “Artículo 11.- Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas El Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, dirige el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y es el encargado de dirigir el planeamiento Militar para la Defensa Nacional, así como de, asesorar y apoyar en la preparación, coordinación y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas. (…)El Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas tiene las siguientes funciones: 11.1 Formular el proceso de planeamiento de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa dispuestas por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el Frente Interno y Externo; así como, asegurar la preparación y coordinación para su adecuada ejecución. (…)11.6 Revisar, consolidar, evaluar y recomendar la atención de los requerimientos de los Comandos Operacionales y Comandos Especiales para las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa . (…)11.11 Proponer al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas los requerimientos necesarios para la ejecución de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa , así como para la movilización, en el ámbito de competencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. 11.12 Asesorar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el desarrollo y actualización de los procedimientos para el planeamiento, preparación, coordinación, y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas en el frente interno y frente externo. (…)11.20 Realizar el Planeamiento Estratégico Operacional para la Defensa Nacional en el nivel estratégico operacional, asesorar y apoyar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el planeamiento, preparación, coordinación, organización, dirección y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa para garantizar a través de las instituciones de las Fuerzas Armadas, la soberanía e integridad territorial en los espacios aéreo, terrestre, marítimo, lacustre, fl uvial y ciberespacio . (…) 11.23.8 Adquisiciones de material estratégico destinado a las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa , previa coordinación con las instituciones de las Fuerzas Armadas. 11.23.9 Requerimiento y disposición de los recursos necesarios destinados para las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas. (…)11.25 Centralizar y orientar las actividades de inteligencia de las instituciones de las Fuerzas Armadas para las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa . (…)11.28 Revisar, consolidar, evaluar y recomendar la atención de los requerimientos de los Comandos Operacionales y Comandos Especiales, para las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa . (…)” “Artículo 12.- Sub Jefatura del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas La Sub Jefatura del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, es la encargada de asesorar y apoyar al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, en la dirección del Planeamiento Militar para la Defensa Nacional en el nivel estratégico operacional, así como en la preparación, coordinación y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de ciberdefensa de las instituciones de las Fuerzas Armadas. (…)” “Artículo 13.- División de Personal del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas La División de Personal del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, es el Órgano de Planeamiento encargado de realizar el Planeamiento Estratégico Operacional para la Defensa Nacional en el nivel estratégico operacional, así como, de asesorar y apoyar al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas en el planeamiento, preparación, coordinación, organización, dirección y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas y las operaciones de