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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2025 (09/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de julio de 2025 El Peruano / funerarias cuadrangulares; como también, restos óseos disturbados, fragmentos de cerámica, mates, restos de textiles llanos, ect. Así mismo, se observa la expansión agrícola. Factores naturales Si existe vulnerabilidad por factores naturales, debido a que las estructuras funerarias en algunos casos se conforman de material de adobe, el cual al estar expuesto a la intemperie, sufren degradación por las lluvias y el viento. Que, mediante Memorando N° 001276-2025-DDC ICA/MC de fecha 11 de junio de 2025, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Viña Vieja 3 sectores A y B, recaída en el Informe de Inspección N° 029- 2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC de fecha 30 de mayo del 2025, para su atención. Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000968-2025/DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 19 de junio de 2025, sustentado en el Informe N° 000160-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC- LMS/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 029- 2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC elaborado por el Lic. Marco Antonio Taquiri González; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Viña Vieja 3 sectores A y B”; Que, mediante Informe Nº 000246-2025-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 03 de julio de 2025, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Viña Vieja 3 sectores A y B; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Viña Vieja 3 sectores A y B, ubicado en el distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 029- 2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC de fecha 30 de mayo de 2025, así como en el Informe N° 000968-2025-DSFL- DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000160-2025-DSFL- DGPA-VMPCIC-LMS/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-072-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84 los cuales se adjuntan como Anexos a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xParalización de los trabajos agrícolas en colindancia directa del sitio.. Señalización: xConsiderar la instalación de paneles e hitos visibles para la protección de los bien arqueológicos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de El Carmen, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 029- 2025-SDPCICI-MATG- DDC ICA/MC de fecha 30 de mayo de 2025, el Informe N° 000968-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000160-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC e Informe Nº 000246-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-072-MC-DGPA- DSFL-2022 WGS84, los cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www. gob.pe/cultura) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2416521-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Oficializan la XXXV Feria Agropecuaria Artesanal Industrial Moquegua - FAAIM 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0256-2025- MIDAGRI Lima, 7 de julio de 2025VISTOS:El O fi cio Nº 950-2025-GRM-GGR-GRDE/DRA.MOQ de la Dirección Regional de Agricultura de Moquegua; el Memorando Nº 888-2025-MIDAGRI-DVDAFIR del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; el Memorando Nº 605-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; y el Informe Nº 0882-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,