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31 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de julio de 2025 El Peruano / realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores por S/ 252 728,00 (doscientos cincuenta y dos mil setecientos veintiocho y 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo del Ministerio de Relaciones Exteriores, del período a auditar 2025. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, Unidad Ejecutora 001: Subsecretaría de Administración, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Meta 000287 “Desarrollo de Actividades Contables y Financieras”, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, para lo cual la O fi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remisión Se encarga a la O fi cina General de Administración remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República, así como la documentación requerida con el O fi cio N° 000168-2025- CG/GRECE, del 21 de mayo de 2025. Artículo 5.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2416537-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República de Croacia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0461-2025-RE Lima, 8 de julio de 2025 VISTOS: El Memorándum Nº DAE010172025 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 3 de julio de 2025; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2888 del Despacho Viceministerial, de 3 de julio de 2025; el Memorándum Nº OPP017412025 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 4 de julio de 2025, que otorgó certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP020222025 de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 4 de julio de 2025; CONSIDERANDO:Que, el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), constituye una valiosa oportunidad para emprender una serie de reformas de gestión y políticas públicas orientadas a fortalecer la institucionalidad del Estado, brindar servicios públicos de calidad en bene fi cio de la población, así como orientar al país hacia un desarrollo inclusivo y sustentable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2023-PCM, se declaró de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la OCDE y se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento y supervisión de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE; Que, la referida Comisión Multisectorial se encuentra conformada por los titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros, que la preside, el Ministerio de Economía y Finanzas, así como el Ministerio de Relaciones Exteriores. Dicho órgano colegiado cuenta con una Secretaría Técnica a cargo de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el Ministro de Asuntos Exteriores y Europeos de la República de Croacia, invitó al Perú a participar en el evento “OECD Dubrovnik Talks”, que se llevará a cabo en el marco del Foro Dubrovnik 2025, en la ciudad de Dubrovnik, República de Croacia, del 11 al 12 de julio de 2025; Que, el Foro Dubrovnik constituye un espacio de diálogo político de alto nivel, impulsado por el Gobierno de Croacia, que congrega a representantes gubernamentales, organizaciones internacionales y expertos en relaciones exteriores, con el fi n de abordar los principales desafíos regionales y globales, así como promover la cooperación multilateral; Que, el evento “OECD Dubrovnik Talks”, organizado conjuntamente por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos de Croacia y la OCDE, y al cual se ha invitado a los países candidatos a esta organización internacional, constituye una plataforma clave para intercambiar experiencias sobre el impacto de las políticas públicas basadas en evidencia, y el papel de la OCDE en la promoción de estándares globales; Que, en ese sentido, se estima importante la participación en el referido evento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuya intervención en el referido panel contribuirá a rea fi rmar el compromiso político del Perú con su proceso de adhesión a la OCDE, así como a visibilizar los avances y prioridades nacionales en espacios multilaterales orientados a promover la gobernanza democrática, la sostenibilidad y el desarrollo económico inclusivo; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Dubrovnik, República de Croacia, se realizará del 9 al 14 de julio de 2025; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de