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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2025 (09/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de julio de 2025 El Peruano / Designan Asesora del Despacho Viceministerial de Economía II RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 331-2025-EF/49 Lima, 7 de julio del 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor(a) del Despacho Viceministerial de Economía II del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Giovana Maribel Castillo Chumpitaz en el puesto de Asesora del Despacho Viceministerial de Economía II del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2417224-1 INTERIOR Autorizan viaje de Presidente del Directorio de SALUDPOL a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1321-2025-IN Lima, 8 de julio de 2025 VISTOS, los O fi cios Nº 000555-2025-SALUDPOL/ GG y Nº 000572-2025-SALUDPOL/GG, de la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL; y el Informe Nº 002012-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Actas de Sesiones Extraordinarias Nº 000008-2025-SALUDPOL/DIR y Nº 000009- 2025-SALUDPOL/DIR de fechas 30 de junio y 4 de julio de 2025, respectivamente, el Directorio del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, aprobó la suscripción del Convenio Internacional con la Clínica Berraquer (Oftalmos S.A.) de la ciudad de Bogotá de la República de Colombia y SALUDPOL, autorizando la fi rma del citado Convenio por el Gerente General; asimismo aprobó el viaje de una delegación en representación del Fondo de Aseguramiento en Salud conformada, entre otros, por el Presidente de Directorio de SALUDPOL; a fi n que se pueda celebrar y/o suscribir el Convenio internacional con la Clínica Berraquer (Oftalmos S.A.) de Colombia, para el desarrollo de los objetivos de la entidad en mérito del bene fi cio de la familia policial; Que, con Informes Nº 000743-2025-SALUDPOL/GG- OAJ y Nº 000081-2025-SALUDPOL/GG-OA, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Administración del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, respectivamente, sustentan la importancia y viabilidad de la participación del señor FERNANDO JESUS CERNA IPARRAGUIRRE, Presidente del Directorio del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, en la referida comisión de servicios; Que, mediante Informe Nº 000743-2025-SALUDPOL/ GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica de SALUDPOL estima conveniente se formalice con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor FERNANDO JESUS CERNA IPARRAGUIRRE, Presidente del Directorio del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para que participe en la suscripción de un Convenio Internacional de Intercambio Prestacional en Salud entre la Clínica Barraquer (Oftalmos S.A.) y el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, la participación del referido servidor, en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, son asumidos por el Centro de Costo: 90101-Directorio del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, conforme lo indicado en las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario 0000122713-2025 y 0000122728-2025; y el Informe Nº 000743-2025-SALUDPOL/GG-OAJ; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1174 se adecúa el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú a los alcances de la normatividad vigente; el Decreto Legislativo Nº