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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2025 (09/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de julio de 2025 El Peruano / Alta Dirección, Control, Apoyo, Asesoramiento, Línea y Desconcentrado del INDECI, correspondientes al Régimen Laboral de la Ley Nº 30057; Que, a través del Informe Técnico Nº 000105-2025-INDECI/URH, de fecha 7 de julio de 2025, la Unidad de Recursos Humanos concluye que el señor RAUL ENRIQUE CAMPOS DIAZ, cumple con los requisitos establecidos y no se encontraría impedido/a o inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública y recomienda que, de acuerdo al numeral 28.4 del Artículo 28 del Reglamento de la Ley Nº 31419, y de considerarlo la Alta Dirección, se continúe con el procedimiento para la emisión de la Resolución de DESIGNACIÓN del profesional propuesto para el puesto de con fi anza de ASESOR DE JEFATURA - CO0401003; Con las visaciones del Gerente General, del Ejecutivo de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30057, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1450, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000112-2024-SERVIR-PE, que formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 12-2024-CD; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000060-2025-INDECI/JEF INDECI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, al señor RAUL ENRIQUE CAMPOS DIAZ, en el puesto de con fi anza de Asesor de Jefatura del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo al Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), bajo el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Precísese que el vínculo generado en virtud de la presente resolución se regirá exclusivamente por el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus modi fi catorias, su Reglamento y las normas que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional (www.gob.pe/indeci), en la misma fecha de publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia General, remita copia al interesado, a la Unidad de Recursos Humanos y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO LOZADA FRIAS Jefe del INDECI 2416947-1 Designan Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000101-2025- INDECI/JEF San Isidro, 7 de julio del 2025 VISTOS: El Informe Técnico N° 000098-2025-INDECI/ URH, de fecha 7 de julio de 2025, de la Unidad de Recursos Humanos; el Provisto N° 019534-2025-INDECI/GG, de fecha 7 de julio de 2025, de la Gerencia General; y,CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29664, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 060-2024-PCM y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el artículo 2 de la citada Ley establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, el artículo 79 de la precitada Ley N°30057, señala, entre otros aspectos, que la designación de servidores de con fi anza se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la presente Ley, según sea el caso. Dicha designación debe ser publicada en la página web de la entidad; Que, asimismo, el mencionado artículo señala que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa, y donde se precisan las condiciones de empleo, el puesto a ocupar y la contraprestación a percibir, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la citada Ley; Que, el artículo 163 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM, dispone que toda incorporación requiere el cumplimiento del per fi l del puesto aprobado en el Manual de Per fi les de Puestos (MPP) y la correspondiente presupuestación en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el artículo 178 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, señala los supuestos para realizar una contratación directa estableciendo que en todos estos casos se requiere la veri fi cación por parte de la entidad del cumplimiento del per fi l de puesto en relación con los requisitos de formación y experiencia; Que, el artículo 238 del Reglamento General de la Ley N° 30057, establece que, para el caso de los directivos cali fi cados de con fi anza, estos se encuentran exceptuados de lo establecido en los artículos 161, 162 y 163; Que, mediante la Ley N° 31419, se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, comprendiendo dentro del ámbito de aplicación de la citada ley, a las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022- PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419,