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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (28/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 264

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / 2025-EF/54.01, “Directiva para la gestión de la compra corporativa facultativa”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0013-2025-EF/54.01, en los siguientes términos: “Artículo 9.- CCF a iniciativa de entidades contratantes del gobierno nacional que desarrollan políticas nacionales y/o sectoriales del Estado. 9.1. Las entidades contratantes del gobierno nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado, están facultadas a aprobar mediante Resolución de su Titular la CCF, debiendo señalar en dicha Resolución, como mínimo, lo siguiente: a) La relación de bienes y servicios en general que se contratan a través de la CCF. b) La entidad encargada.c) Las entidades participantes, así como sus obligaciones y responsabilidades. d) El periodo de abastecimiento de los bienes o servicios en general propuesto para la CCF. El análisis de viabilidad de la CCF es realizado por la entidad contratante del gobierno nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado u otra que este designe y considera los criterios previstos en los numerales 8.2 y 8.3 de artículo 8 de la Directiva, que le resulten aplicables. Dicho análisis se efectúa previo a la emisión de la referida Resolución. 9.2. Una vez remitida la Resolución, la DEC de la entidad encargada realiza las actuaciones previstas en la Directiva que resulten aplicables para el desarrollo de la CCF. (...)” “Artículo 13.- Suscripción del convenio interinstitucional (…)13.2 Cuando la iniciativa sea de una entidad encargada , esta debe iniciar las gestiones para la suscripción del convenio interinstitucional en un plazo no mayor a diez días hábiles de recibido el formato consignado en el Anexo Nº 2. No es necesario suscribir el referido convenio cuando la iniciativa sea de una entidad contratante del gobierno nacional que desarrolla políticas nacionales y/o sectoriales del Estado. (...)”. Artículo 3.- Modi fi cación del Anexo 4 de la Directiva Nº 0003-2025-EF/54.01, “Directiva para la gestión de la compra corporativa facultativa”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0013-2025-EF/54.01 Modi fi car el Anexo 4 – “Flujo de la CCF cuando se da a iniciativa de una entidad encargada” de la Directiva Nº 0003-2025-EF/54.01, “Directiva para la gestión de la compra corporativa facultativa”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0013-2025-EF/54.01, que forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como del Anexo 4 – “Flujo de la CCF cuando se da a iniciativa de una entidad encargada”, que forma parte integrante de la presente norma, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER FELIX CARRILLO DIAZ Director General Dirección General de Abastecimiento 2413820-1EDUCACIÓN Decreto Supremo que autoriza al Instituto Peruano del Deporte a otorgar una subvención adicional a las previstas en el Anexo “A” de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de la Federación Deportiva Nacional de Judo DECRETO SUPREMO Nº 012-2025- MINEDU LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modi fi catorias, el deporte se de fi ne como la actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas; Que, el artículo 7 de la citada Ley establece que el Instituto Peruano del Deporte (IPD) constituye un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones. Constituye un pliego presupuestal. El IPD, en coordinación con los organismos del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), formula, imparte e implementa la política del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes. Organiza, plani fi ca, promueve, coordina, evalúa y fi scaliza en el ámbito nacional el desarrollo del deporte, la actividad física y la recreación en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, y ejerce la rectoría del SISDEN; Que, los numerales 71.1 y 71.3 del artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, disponen que las subvenciones que se otorguen a personas jurídicas, no pertenecientes al Sector Público en los años fi scales correspondientes, deben estar consideradas en el anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público; precisando que sólo por decreto supremo y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros se pueden otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fi nes sociales, a las contenidas en el citado anexo, debiendo para tal efecto contar con el informe técnico de la O fi cina de Presupuesto del pliego o la que haga sus veces y el fi nanciamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, de conformidad con lo previsto en el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el IPD se encuentra autorizado a otorgar subvenciones a personas jurídicas, no pertenecientes al Sector Público, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por un importe ascendente a la suma de S/ 69 857 422,00 (SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES); Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2025-MINEDU, se declara de interés nacional el evento deportivo “GRAND PRIX LIMA”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima – Perú; en su edición 2025, del 10 al 12 de julio de 2025; Que, mediante el O fi cio Nº 000528-2025-P/IPD y documentos adjuntos que lo sustentan, el IPD propone gestionar el otorgamiento de una subvención adicional a las previstas en el Anexo “A” de la Ley Nº 32185, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos